29/01/08 OBRAS PÚBLICAS APRUEBA UNA NORMATIVA DE PROTECCIÓN ARQUEOLÓGICA PARA VALENCINA QUE NO SE PODRÁ APLICAR


OBRAS PÚBLICAS APRUEBA UNA NORMATIVA DE PROTECCIÓN ARQUEOLÓGICA PARA VALENCINA QUE NO SE PODRÁ APLICAR


La normativa, aprobada por el pleno del Ayuntamiento de Valencina el 21/09/06 y tramitada como una modificación puntual de las Normas Subsidiarias, no fue sometida la preceptiva información pública para alegaciones de los afectados.


El pasado 18 de Enero el BOJA publicó una corrección de un error en la publicación de la aprobación definitiva del BOJA de 4/10/2007, que se incluyó, en el anexo, un articulado de la normativa que no correspondía al aprobado en el citado pleno de la Corporación municipal de Valencina. En dicha aprobación definitiva, la Delegación de Obras Públicas no advirtió el error cometido por el Ayuntamiento de Valencina, que le remitió la normativa, sin someterla a información pública, según determina preceptivamente el artículo 32.1 3ª de la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía, si bien, el texto de la disposición, decía que el Ayuntamiento había cumplido con los requisitos de publicidad del citado articulo de la LOUA, cosa totalmente incierta como se puede comprobar examinando el Expediente. Este requisito es preceptivo y fundamental, sin el cual, cualquier acto de aplicación de esta normativa arqueológica, puede ser recurrido por el particular, al que se la pretenda aplicar, con un porcentaje muy alto de obtener pronunciamiento judicial favorable. En este sentido la Ley de lo Contencioso-Administrativo, en su artículo 26.2, dice que “la falta de impugnación directa de una disposición general o la desestimación del recurso que frente a ella se hubiera interpuesto, no impiden la impugnación de los actos de aplicación”.

Valencina Habitable advirtió de este defecto, por escrito, hace más de tres meses, al Alcalde de Valencina, e interpuso ante la Delegación de Obras Públicas un recurso extraordinario de revisión, advirtiendo de la invalidez de la normativa, por contener una causa de nulidad de pleno derecho, que si no se corregía, en la práctica determina la imposibilidad de su aplicación efectiva. Ni el Ayuntamiento ni la Delegación de Obras Públicas han contestado nada al día de la fecha, a la vista de lo cual Valencina Habitable ha vuelto a recordarle, el Lunes, por escrito el asunto al Alcalde dada la gravedad que reviste el asunto y la pasividad demostrada por este equipo gobierno.

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