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Chamizo avisa de la actitud “hostil y entorpecedora” del alcalde de Valencina en el reglamento de funcionarios
SEVILLA, 22 Dic. (EUROPA PRESS) -
SEVILLA, 22 Dic. (EUROPA PRESS) -
La Oficina del Defensor del Pueblo Andaluz, dirigida por José Chamizo, ha advertido "formalmente" al alcalde de Valencina de la Concepción (Sevilla), Antonio Manuel Suárez (PSOE), de que su "falta de colaboración podrá ser considerada como hostil y entorpecedora" dada la "falta de respuesta" de la Administración local a los informes interesados por la institución, en el marco de una queja relativa al reglamento de funcionarios del Consistorio.
El 3 de enero de 2008, un vecino de Valencina de la Concepción elevó a la Delegación del Gobierno en Andalucía el supuesto "no acatamiento" de una sentencia "firme" de la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que había anulado el Reglamento Interno de Personal Funcionario, aprobado por el pleno de Valencina el 30 de noviembre de 1999. La sentencia en cuestión, recogida por Europa Press, censuraba dicho documento, entre otros aspectos, al contener "privilegios" respecto "al resto de la función pública" y determinar medidas o prestaciones ajenas a las competencias municipales.
LA JUEZ ALAYA ARCHIVÓ LA CAUSA PENAL
Sobre este mismo conflicto, cabe recordar que en enero de 2010, la conocida juez Mercedes Alaya archivaba finalmente la causa incoada contra Antonio Manuel Suárez como alcalde de Valencina de la Concepción, sus tres antecesores inmediatos, una exconcejal del PSOE y el secretario municipal, por la no ejecución de la mencionada sentencia del Alto tribunal andaluz.
En septiembre de 2010, esta misma persona elevó un escrito a la Oficina del Defensor del Pueblo Andaluz avisando de que "a la fecha de hoy, la Delegación del Gobierno no me ha contestado y no tengo noticias de que haya movido un solo dedo para corregir las irregularidades denunciadas". Este particular avisaba en este escrito de que en Valencina de la Concepción se aplicaba un reglamento de funcionarios aprobado por el pleno en 2003 pero que resulta ser "una copia exacta del reglamento de 1999", anulado por la mencionada sentencia del TSJA.
NO PUBLICADO EN EL BOP
El mismo escrito alerta de que el reglamento de funcionarios aprobado por el pleno en 2003 "nunca entró en vigor legalmente" al no haber sido publicado en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP), aspecto determinado por el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales. La no publicación del documento en cuestión, según este particular, habría sido parte de una estrategia "para que la Abogacía del Estado no recurriera este nuevo reglamento que no acataba las anulaciones de la sentencia", según manifestaba este vecino en su escrito a José Chamizo aludiendo a la supuesta confesión de la concejal socialista que ejercía la primera tenencia de Alcaldía.
De cualquier modo, el expediente de queja incoado por la Oficina del Defensor del Pueblo Andaluz en cuanto a este asunto ha derivado en un documento fechado el pasado 13 de diciembre y en el que el departamento de Chamizo pone de relieve que el 24 de agosto de 2011 interesó "informe" a la Alcaldía de Valencina de la Concepción, insistiendo en esta petición en septiembre y noviembre "ante la falta de respuesta". Dado que el 13 de diciembre persistía la ausencia de contestación, en este documento recogido por Europa Press, la institución de Chamizo constata la formulación de "una advertencia formal al alcalde de que su falta de colaboración podrá ser considerada como hostil y entorpecedora, haciéndola pública de inmediato y destacando tal calificación en el informe anual o especial".
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