Fecha: 16/07/2009
Eduardo Pablo Apellaniz Bastero
Si un ciudadano, por error, no cumple con las obligaciones que determina la legislación vigente, siguiendo los procedimientos señalados, se encontrará con una sanción. Por ejemplo, pagar un día después de finalizado el plazo el I.R.P.F supone un recargo del 20% “Ipso Facto”. Que los ciudadanos exijamos a las administraciones que sean las primeras en cumplir escrupulósamente los procedimientos recogidos por la Ley no debe suponer sorpresa alguna. Máxime cuando los “errores” que se cometen desde la Administraciones perjudican los derechos de los sufridos contribuyentes. En el caso que nos atañe, la Adaptación Parcial del PGOU de Castilleja de la Cuesta a la LOUA, si un ciudadano concienciado quisiera ejercer su derecho a la participación ciudadana, no podría hacerlo porque al estar esperando que se publique en el BOP de Sevilla el anuncio de la apertura de la exposición pública – cosa que no se ha hecho porque se ha publicado indebidamente en el BOJA- no se enteraría de que se abrió el plazo para ejercer ese derecho. Si a eso le sumamos que en la página web del Ayuntamiento no se anuncia por ningún lado la existencia de ese plazo de exposición pública, ya me contarán ustedes… Por cierto, en la web municipal no han colgado el documento para que pueda descargárselo los ciudadanos, aunque claro, para qué, si no anuncian que está en exposición pública. En Valencina hemos vivido hace menos de un mes un episodio, en parte parecido, en la web municipal cuelgan el documento incompleto de una modificación puntual de las Normas Subsidiarias, pero por ningún lado se decía que estaba en exposición pública.
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