CASTILLEJA DE GUZMÁN
El TSJA zanja que el derribo de la escuela de hostelería incluye los equipamientos deportivos
El TSJA zanja que el derribo de la escuela de hostelería incluye los equipamientos deportivos
El
Ayuntamiento defiende que estos equipamientos deportivos están ajenos a
la modificación urbanística anulada por el Alto tribunal
CASTILLEJA DE GUZMAN (SEVILLA), 17 (EUROPA PRESS)
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha zanjado en un nuevo auto que su sentencia que ordena demoler la escuela de hostelería construida en Castilleja de Guzmán (Sevilla) por el Ayuntamiento, la Mancomunidad para el Fomento y Desarrollo del Aljarafe y la Consejería de Empleo afecta "en su totalidad" a dicho complejo "sin distinción de parte alguna del mismo", precisando que están afectados por la orden de derribo equipamientos como el "gimnasio, aulas deportivas, vestuarios, aseos, almacén de material deportivo, quioscos o bares".
El
conflicto, recordémoslo, deriva del recurso de un colectivo de vecinos
contra la aprobación definitiva, en 2009, de una modificación del Plan
General de Ordenación Urbana (PGOU) de Castilleja de Guzmán, destinada a
la ordenación y nueva delimitación de las parcelas de espacios libres y
equipamientos ubicadas entre las calles Alvarez Quintero y Gustavo Adolfo
Becquer.
Y es que en
este espacio, el Ayuntamiento, la Mancomunidad para el Fomento y
Desarrollo del Aljarafe y la Consejería de Empleo construían por aquel
entonces una escuela de hostelería.
SENTENCIA
DEMOLEDORA
Según una
sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, ratificada en
2014 por el Tribunal Supremo, esta modificación del planeamiento urbano
tenía como destino no los "intereses generales, sino intentar
enmendar una actuación de ilegalidad provocada por el propio Ayuntamiento",
en lo que se refiere a la ordenación en la que se encuadraba el proyecto
de escuela de hostelería, dado que los trabajos de construcción
estaban ya en marcha antes de que fuese aprobada definitivamente la
modificación del planeamiento.
Y es que los
16.012
metros cuadrados dedicados a la escuela de
hostelería, según la modificación de las normas subsidiarias de
Castilleja aprobada en 2001, estaban inicialmente declarados espacios
libres y se permitía sólo la construcción de instalaciones "al aire
libre", quioscos, bares o equipamientos culturales al aire libre.
"La modificación no obedeció a la
búsqueda de los intereses generales, sino a intentar enmendar una
actuación de ilegalidad provocada por el propio Ayuntamiento",
señalaba el fallo del TSJA, que declara "espuria" la mencionada
modificación urbanística de 2009 y ordenaba derribar las construcciones
porque "no pueden encontrar amparo jurídico". "En la
parcela se infringió el orden jurídico con la construcción realizada
antes de la modificación del plan general", insistía el fallo.
Después de
que el Tribunal Supremo confirmase esta sentencia que ordena derribar la
escuela de hostelería, el TSJA solicitó en febrero al Ayuntamiento
información sobre "las actuaciones y resoluciones adoptadas para
llevar a cabo la demolición de lo ilegalmente construido".
EL AYUNTAMIENTO REACCIONA
Tras esto,
el Ayuntamiento reaccionó solicitando a la Diputación "asistencia
para la redacción del proyecto de demolición" y pidiendo además a su
arquitecto municipal "un informe sobre la normativa urbanística
vigente tras la anulación de la aprobación de la modificación del PGOU de
2009, así como sobre la incidencia de ello para llevar a cabo la
demolición de lo ilegalmente construido".
Pues bien,
el Ayuntamiento ha elevado un nuevo escrito al TSJA, exponiendo que en un
auto de fecha 27 de abril, el alto Tribunal Andaluz ha zanjado sobre la
ejecución de la sentencia, que la orden de demolición afecta a "las
obras de construcción del edificio destinado a escuela de hostelería en
su totalidad, sin distinción de parte alguna del mismo, ni de parte
semienterrada que contenga gimnasio, aulas deportivas, vestuarios, aseos,
almacén de material deportivo, vestuarios de piscina, cuarto de depuradoras,
almacén de productos de piscina, etcétera", incluyendo así "la
demolición de toda la instalación al aire libre, quioscos, bares,
equipamientos culturales al aire libre, que excedan de los 238 metros
cuadrados permitidos".
En su nuevo
escrito al TSJA, recogido por Europa Press, el Consistorio expone frente
a la tesis del tribunal, que hay "dudas razonables a la hora de
determinar lo ilegalmente construido", porque según el Ayuntamiento,
el nuevo auto alude a la demolición de "una serie de equipamientos
que en ningún caso están amparados" en la modificación urbanística
de 2009 "que ha sido declarada nula por el tribunal, sino que se
llevaron a cabo conforme a la modificación de las normas subsidiarias de
Castilleja de 2001".
El
Consistorio, así, defiende "los equipamientos ejecutados entre 2002
y 2005 conforme a la modificación de las normas subsidiarias de
2001", desgranando que se trata de "la pista polideportiva
multiusos, pista de tenis, pistas de petanca, piscina de uso público,
piscina infantil de uso público, además de un edificio semienterrado
que contiene actualmente los vestuarios de las pistas, vestuarios
de piscinas, aseos, aulas deportivas, cuarto de depuradoras, almacén
de material deportivo, almacén para productos deportivos, etcétera".
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