17/06/15 EUROPA PRESS CASTILLEJA DE GUZMÁN El TSJA zanja que el derribo de la escuela de hostelería incluye los equipamientos deportivos


CASTILLEJA DE GUZMÁN


El TSJA zanja que el derribo de  la escuela de hostelería incluye los equipamientos deportivos  
El Ayuntamiento defiende que estos equipamientos deportivos están  ajenos a la modificación urbanística anulada por el Alto tribunal

CASTILLEJA DE GUZMAN (SEVILLA), 17 (EUROPA PRESS)

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha zanjado en  un nuevo auto que su sentencia que ordena demoler la escuela de  hostelería construida en Castilleja de Guzmán (Sevilla) por el  Ayuntamiento, la Mancomunidad para el Fomento y Desarrollo del  Aljarafe y la Consejería de Empleo afecta "en su totalidad" a dicho  complejo "sin distinción de parte alguna del mismo", precisando que  están afectados por la orden de derribo equipamientos como el  "gimnasio, aulas deportivas, vestuarios, aseos, almacén de material  deportivo, quioscos o bares".
El conflicto, recordémoslo, deriva del recurso de un colectivo de  vecinos contra la aprobación definitiva, en 2009, de una modificación  del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Castilleja de Guzmán,  destinada a la ordenación y nueva delimitación de las parcelas de  espacios libres y equipamientos ubicadas entre las calles Alvarez  Quintero y Gustavo Adolfo Becquer.
Y es que en este espacio, el Ayuntamiento, la Mancomunidad para el  Fomento y Desarrollo del Aljarafe y la Consejería de Empleo  construían por aquel entonces una escuela de hostelería. 
 SENTENCIA DEMOLEDORA
Según una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de  Andalucía, ratificada en 2014 por el Tribunal Supremo, esta  modificación del planeamiento urbano tenía como destino no los  "intereses generales, sino intentar enmendar una actuación de  ilegalidad provocada por el propio Ayuntamiento", en lo que se  refiere a la ordenación en la que se encuadraba el proyecto de  escuela de hostelería, dado que los trabajos de construcción estaban  ya en marcha antes de que fuese aprobada definitivamente la  modificación del planeamiento.
Y es que los 16.012 metros cuadrados dedicados a la escuela de  hostelería, según la modificación de las normas subsidiarias de  Castilleja aprobada en 2001, estaban inicialmente declarados espacios  libres y se permitía sólo la construcción de instalaciones "al aire  libre", quioscos, bares o equipamientos culturales al aire libre.
 "La modificación no obedeció a la búsqueda de los intereses  generales, sino a intentar enmendar una actuación de ilegalidad  provocada por el propio Ayuntamiento", señalaba el fallo del TSJA,  que declara "espuria" la mencionada modificación urbanística de 2009  y ordenaba derribar las construcciones porque "no pueden encontrar  amparo jurídico". "En la parcela se infringió el orden jurídico con  la construcción realizada antes de la modificación del plan general",  insistía el fallo.
Después de que el Tribunal Supremo confirmase esta sentencia que  ordena derribar la escuela de hostelería, el TSJA solicitó en febrero  al Ayuntamiento información sobre "las actuaciones y resoluciones  adoptadas para llevar a cabo la demolición de lo ilegalmente  construido". 
EL AYUNTAMIENTO REACCIONA
Tras esto, el Ayuntamiento reaccionó solicitando a la Diputación  "asistencia para la redacción del proyecto de demolición" y pidiendo  además a su arquitecto municipal "un informe sobre la normativa  urbanística vigente tras la anulación de la aprobación de la  modificación del PGOU de 2009, así como sobre la incidencia de ello  para llevar a cabo la demolición de lo ilegalmente construido".
Pues bien, el Ayuntamiento ha elevado un nuevo escrito al TSJA,  exponiendo que en un auto de fecha 27 de abril, el alto Tribunal  Andaluz ha zanjado sobre la ejecución de la sentencia, que la orden  de demolición afecta a "las obras de construcción del edificio  destinado a escuela de hostelería en su totalidad, sin distinción de  parte alguna del mismo, ni de parte semienterrada que contenga  gimnasio, aulas deportivas, vestuarios, aseos, almacén de material  deportivo, vestuarios de piscina, cuarto de depuradoras, almacén de  productos de piscina, etcétera", incluyendo así "la demolición de  toda la instalación al aire libre, quioscos, bares, equipamientos  culturales al aire libre, que excedan de los 238 metros cuadrados  permitidos".
En su nuevo escrito al TSJA, recogido por Europa Press, el  Consistorio expone frente a la tesis del tribunal, que hay "dudas  razonables a la hora de determinar lo ilegalmente construido", porque  según el Ayuntamiento, el nuevo auto alude a la demolición de "una  serie de equipamientos que en ningún caso están amparados" en la  modificación urbanística de 2009 "que ha sido declarada nula por el  tribunal, sino que se llevaron a cabo conforme a la modificación de  las normas subsidiarias de Castilleja de 2001".
El Consistorio, así, defiende "los equipamientos ejecutados entre  2002 y 2005 conforme a la modificación de las normas subsidiarias de  2001", desgranando que se trata de "la pista polideportiva multiusos,  pista de tenis, pistas de petanca, piscina de uso público, piscina  infantil de uso público, además de un edificio semienterrado que  contiene actualmente los vestuarios de las pistas, vestuarios de  piscinas, aseos, aulas deportivas, cuarto de depuradoras, almacén de  material deportivo, almacén para productos deportivos, etcétera".
 

No hay comentarios: