05/04/16 EUROPA PRESS Las ediles de Valencina expedientadas por la moción de censura alegan ante el PP y niegan "deslealtad"


Las ediles de Valencina expedientadas por la moción de censura alegan ante el PP y niegan "deslealtad"


VALENCINA DE LA CONCEPCIÓN (SEVILLA)|
05/04/2016 - 16:21
 
Las tres ediles del PP de Valencina de la Concepción (Sevilla) suspendidas por promover una fallida moción de censura contra el socialista Antonio Manuel Suárez, junto a los ediles de Construyendo Valencina-IU-CA, han alegado ante el PP contra la mencionada apertura de expedientes disciplinarios y su suspensión "cautelar" de militancia. Alegan que tales medidas derivan de "simples acusaciones sin fundamentos e interesadas" y ven "vulnerando" el principio de presunción de inocencia, de proporcionalidad y de audiencia a los interesados.
Las tres concejalas son Nuria Jiménez Bermejo, Lourdes Novella Rivas y Araceli Espinosa Camacho, quienes en sus alegaciones, recogidas por Europa Press, exponen que la apertura de los expedientes ha sido llevada a cabo por el presidente del PP de Sevilla, Juan Bueno, con la aprobación unánime del Comité Andaluz de Derechos y Garantías del partido, por supuestamente infringir varios artículos de los Estatutos Nacionales del partido.
En esta línea, las concejalas exponen que el partido les atribuye "deslealtad a la organización o a sus órganos de gobierno y representación, encaminada a perjudicar el interés general del mismo", así como "desobediencia a las instrucciones o directrices que emanan de los órganos de gobierno y representación del partido".
"PRINCIPIO DE PRESUNCIÓN DE INOCENCIA"
Las concejalas alegan que tales acusaciones "se basan en una calificación de unos supuestos hechos realizados sin la más mínima argumentación ni prueba de cargo, vulnerando en todo momento el principio de presunción de inocencia, de proporcionalidad, y por supuesto de audiencia a los interesados".
Según han alegado en este documento, esta actuación "viola" el artículo 18.5 de los estatutos del partido, el cual expresa que "todos los acuerdos y resoluciones de los Comités de Derechos y Garantías deberán ser motivadas, con referencia a los hechos y fundamentos en que se basen". Asimismo, han explicado en el mismo documento que esta expulsión "debe estar sometida a unos límites mínimos", ya que esto puede tener repercusiones en el ejercicio de algunos derechos fundamentales que asisten a todo afiliado.
Por otro lado, también han negado que hubieran recibido órdenes contrarias a la moción de censura, por lo que no se puede considerar que hayan "incurrido en ningún tipo de deslealtad", porque han "pretendido el bien para el pueblo y para el partido", ya que lo que se pretendía con la moción de censura era obtener para el PP una nueva alcaldía.
"UNA HORA DESPUÉS"
Por otro lado, las populares dudan de que el PP comunicase en tiempo y forma al Ayuntamiento la decisión acordada para suspenderlas cautelarmente de militancia, extremo determinante a la hora de que no prosperase la moción de censura, puesto que la "reunión" orgánica del PP para decidir tal extremo se habría celebrado "una hora después" de que el pleno del Ayuntamiento, en sesión extraordinaria, diese cuenta del asunto.
A los efectos del ejercicio del derecho de defensa y con el fin de demostrar que los hechos que se les imputan, han solicitado a través de un recurso la certificación por parte del secretario del Comité Ejecutivo, la documentación de todas las actas de las Juntas Directivas Provinciales y de los Comités celebrados desde enero de 2014 hasta la fecha, así como la declaración de José Luis Benavente, miembro de dicho comité.
Cabe recordar que esta moción de censura, promovida por la mayoría de los ediles de la oposición, fue objeto de un pleno extraordinario el 2 de marzo, para despojar del poder al socialista Antonio Manuel Suárez. Sin embargo, la sesión plenaria fue levantada sin votar la citada moción, dado que la misma no reunía los "requisitos" estipulados por la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (Loreg).
La Ley que regula las mociones de censura, en concreto, estipula que "cuando alguno de los concejales proponentes de la moción haya dejado de pertenecer al grupo político municipal al que se adscribió al inicio de su mandato", "la mayoría absoluta" necesaria para formalizar la moción de censura "se verá incrementada en el mismo número de concejales que se encuentren en tales circunstancias".

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