25/05/16 BOP SEVILLA AYTO DE VALENCINA. Retribuciones altos cargos, asignaciones a grupos políticos y asistencia a órganos colegiados


Boletín Oficial de la provincia de Sevilla
Número 119  
Página nº 35
Miércoles 25 de mayo de 2016
 
VALENCINA DE LA CONCEPCIÓN
 
El Pleno del Ayuntamiento de Valencina de la Concepción (Sevilla), en sesión ordinaria celebrada el día 12 de mayo de 2016, adoptó el siguiente acuerdo:
 
Primero.—Determinar que los cargos de primer y segundo Tenientes de Alcalde realicen sus funciones en régimen de dedica­ción total y exclusiva.
 
Segundo.—Determinar que los cargos de tercer y cuarto Teniente de Alcalde realicen sus funciones en régimen de dedicación parcial, teniendo el tercer Teniente de Alcalde una dedicación parcial del 90% y el cuarto Teniente de Alcalde la tendrá del 50%.
 
Tercero.—Modificar la Base 26.º del Presupuesto actualmente en vigor, que quedaría redactada como sigue:
 
Retribuciones altos cargos, asignaciones a grupos políticos y asistencia a órganos colegiados:
 
1º.—Establecer a favor de los miembros de la Corporación que desempeñen sus cargos en régimen de dedicación exclusiva o parcial según corresponda las retribuciones que a continuación se relacionan, que se percibirán en doce pagas, correspondientes a las diferentes mensualidades del año y darles de alta en el régimen general de la Seguridad Social, debiendo asumir esta Corporación el pago de las cuotas empresariales que corresponda.
 
El Cargo de Primer y Segundo Teniente de Alcalde, percibirá una retribución mensual bruta de 1.500 euros.
 
El Cargo de Tercer Teniente de Alcalde, percibirá una retribución mensual bruta de 1.350 euros.
 
• El Cargo de Cuarto Teniente de Alcalde, percibirá una retribución mensual bruta de 750 euros.
 
2º.—Se establece una asignación mensual (o parte proporcional correspondiente) para los diferentes grupos políticos munici­pales fijada en una dotación económica mensual determinada su distribución conforme a lo dispuesto en el precepto 73.3 de la ley 7/85, en la forma siguiente:
 
a) Una asignación fija mensual de 10 € por Grupo municipal.
 
b) Una asignación variable mensual 267,57 € mensuales por cada Concejal perteneciente a Grupo Político Municipal.
 
Lo que se hace público para general conocimiento, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1 por remisión del 177.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el plazo de quince días a contar desde el día siguiente a la inserción de este anuncio en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
 
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.
 
En Valencina de la Concepción a 18 de mayo de 2016.—El Alcalde-Presidente, Antonio Manuel Suárez Sánchez.



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