04/10/10 VALENCINA HABITABLE PRESENTA ALEGACIONES A LA MODIFICACIÓN DEL PLAN PARCIAL "ESTACADA LARGA"

VALENCINA HABITABLE PRESENTA ALEGACIONES A LA MODIFICACIÓN DEL PLAN PARCIAL "ESTACADA LARGA"


1. INTRODUCCIÓN.

La modificación tiene por objeto la creación en el polígono 1 del Plan Parcial “Estacada Larga” de una Zona de Equipamiento Social-Asistencial, para la implantación de un Servicio de Residencia Municipal para la Tercera Edad. En concreto se pretende calificar como de Equipamiento Social la parcela de Equipamiento Escolar del Plan Parcial de Ordenación “Estacada Larga”.

El objeto de la modificación es encomiable - a buen seguro que desde la Delegación Provincial en Sevilla de la Consejería de Educación se informará favorablemente el cambio de uso educacional por existir suelo de equipamiento educacional suficiente para atender la demanda que se genera el actual planeamiento de Valencina- si bien consideramos alegar ciertas cuestiones con el fin de ajustar el número de plazas a la población existente, así como a señalar ciertas cuestiones referentes al procedimiento no llevadas aún a cabo.

2. AJUSTE DEL NÚMERO DE PLAZAS.

En el penúltimo párrafo de la página nº 7 del capítulo 4. Justificación de la necesidad de la modificación se cifra la población de Valencina en 7.900 habitantes cuando según el I.N.E. la población de Valencina al 1 de enero de 2009 asciende a 7.971. Si se tiene además en cuenta tanto el tiempo de tramitación de la modificación del Plan Parcial, la posterior construcción y puesta en servicio del edificio que albergará la Residencia Municipal para la Tercera Edad, así como la proyección de población para Valencina que el I.N.E. cifra en 8.397 habitantes en el 2012, resulta de vital importancia, a fin de ajustar la demanda real de plazas del centro, el que éste cuente 84 plazas en lugar de 79. Lo que supone un 6,3% más capacidad.


POR LO QUE ALEGAMOS:

QUE SE AJUSTE EL NÚMERO DE PLAZAS EN BASE A LA CIFRA DE 8.397 HABITANTES, ATENDIENDO LA PROYECCIÓN POBLACIONAL DEL I.N.E. LO CUAL SUPONDRÁ UN AJUSTE MÁS APROXIMADO A LAS FUTURAS NECESIDADES EN BASE AL PLANEAMIENTO VIGENTE.


3. CUESTIONES DE PROCEDIMIENTO.

En el informe de la Secretaria General del Ayuntamiento que obra en el expediente se observan ciertas cuestiones procedimentales que tras examinar toda la documentación existente en el expediente aún no se han procedido a llevar a cabo y que podrán suponer, en el caso de no ser efectuadas, la nulidad de derecho del procedimiento con el consiguiente retraso en la tramitación de la modificación del Plan Parcial

A) Falta escrito de remisión con la documentación correspondiente a la modificación del Plan Parcial “Estacada Larga” al Consejo Consultivo de Andalucía para que emita dictamen favorable al respecto, tal y como determina el art. 36.2.c).2ª de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía

El artículo 36.2.c).2ª de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía recoge lo siguiente:

“Las modificaciones que tengan por objeto una diferente zonificación o uso urbanístico de parques, jardines o espacios libres, dotaciones o equipamientos requerirán el dictamen favorable del Consejo Consultivo de Andalucía.”

B) Faltan los escritos de remisión a los vecinos del Plan Parcial “Estacada Larga” dándoles conocimiento de la modificación que se pretende llevar a cabo.

En el expediente figura además el informe emitido por el arquitecto municipal del Ayuntamiento que, al igual que lo manifestado por la Secretaria General del Ayuntamiento en su informe, advierte de la necesidad de elevar la modificación del Plan Parcial “Estacada Larga” al Consejo Consultivo de Andalucía, para que éste emita el correspondiente dictamen.


POR LO QUE ALEGAMOS:

QUE SE LLEVEN A CABO DICHOS TRÁMITES

No hay comentarios: