ADTA
Los dólmenes de Valencina van a ser “teletransportados”.
El Avance del PGOU de Valencina propone dar a esos suelos la misma
edificabilidad que al suelo urbanizable,
en otro sitio. Un pelotazo urbanístico que venimos denunciando desde
hace años.
El Avance, que el Ayuntamiento acordó recientemente exponer al público, propone dar a los suelos donde se sitúan varios dólmenes, suelos rústicos situados en el extrarradio del pueblo, desvinculados de la trama urbana, la misma edificabilidad que al suelo urbanizable, calificandolos como sistemas generales de espacios libres o similar.
Este tipo de operaciones la hemos
denunciado en diversas ocasiones porque las consideramos muy especulativas. Se
trata de clasificar como Sistema General de Espacios Libres en suelo
urbanizable suelos que deberían permanecer clasificados como NO URBANIZABLES,
por sus especiales características (patrimoniales, naturales, taludes, ríos,
etc) y su poca o nula idoneidad como zona verde urbana, y obteniendo el
correspondiente aprovechamiento en otros lugares, una operación que algunos han
llamado “teletransporte”. Se trata de suelos que tiene Especial
Protección, incluída en la actual planificación urbanística.
Una reciente sentencia del Tribunal Supremo ratificaba y hacía
firme la sentencia 91/2011 del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, que se
pronuncia contra la aplicación del “teletransporte”
utilizando suelos no urbanizables especialmente protegidos. La citada sentencia dice respecto a la “recomendación”
del Gobierno Regional de Murcia
(documento DIRECTRICES Y PLAN DE ORDENACION TERRITORIAL DEL LITORAL DE
LA REGION DE MURCIA, DECRETO 57/2004) que decía que “los nuevos sectores
urbanizables colindantes con zonas afectadas por las categorías de Suelo de
Protección Paisajística, Suelo de Protección Geomorfológica por Pendientes y/o
Suelo de Protección de Cauces, se incluya una parte de ellas como sistemas
generales adscritos con la finalidad de incorporarlos al patrimonio público de
suelo”, que “las categorías de suelo no urbanizable de protección
específica no pueden confundirse con los sistemas generales
determinantes del desarrollo previsto...” y declara “la nulidad de
pleno derecho de la mencionada recomendación general”.
http://www.adta.es/actuaciones/municipal/Valencina/2013/2013%2001%2004%20AvancePGOU.html
Palo al urbanismo mágico de
Murcia
Ecologistas en
Acción exige una moratoria urbanística en los 45 municipios de la Región de
Murcia
Confusión
del Gobierno Regional ante la sentencia del TSJM
http://www.ecologistasenaccion.org/article24697.html
Murcia reconoce públicamente el
teletransporte
No hay comentarios:
Publicar un comentario