Boletín
Oficial de la provincia de Sevilla
Número 239
Página nº 25
Lunes 15 de octubre de 2018
VALENCINA DE LA CONCEPCIÓN
El Pleno del Ayuntamiento de Valencina de la Concepción
(Sevilla), en sesión ordinaria celebrada el día 4 de octubre de 2018, acordó:
«Ante la existencia de gastos que no pueden demorarse hasta
el ejercicio siguiente para los que el crédito consignado en el vigente
Presupuesto de la Corporación es insuficiente y no ampliable, y dado que se
dispone de créditos susceptibles de baja por anulación.
Considerando que se emitió Memoria de Alcaldía, en la que
se especificaban la modalidad de modificación presupuestaria, la financiación
de la operación así como la justificación de la misma.
Visto el informe de Secretaría sobre la legislación
aplicable y el procedimiento a seguir.
A la vista asimismo, del informe de la Intervención
municipal, favorable a la propuesta de esta Alcaldía.
Por ello, de conformidad con lo establecido en el artículo
175 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el
Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades
Locales, el que suscribe propone la adopción de los siguientes acuerdos:
Primero. Aprobar
inicialmente el expediente de modificación de créditos, en su modalidad de
suplemento de crédito, respecto del Presupuesto vigente, de acuerdo con el
siguiente resumen por capítulos:
Suplementos en aplicaciones de gastos
Esta modificación se financia con cargo a bajas por
anulación, en los siguientes términos:
Aplicaciones
|
Descripción
|
Importe
|
|
153
|
619.03
|
Vías Públicas. Adecuación viales públicos
|
70,838.72
|
920
|
625
|
Administración General. Mobiliario
|
3,600.00
|
Total
|
74,438.72
|
Bajas o anulaciones en aplicaciones de gastos
Aplicaciones
|
Descripción
|
Importe
|
|
320
|
227.99
|
Administración General de Educación. Otros
trabajos realizados por empresas y profesionales
|
70,838.72
|
929
|
500
|
Fondo de contingencia
|
3,600.00
|
Total
|
74,438.72
|
Segundo. Exponer este expediente al público mediante anuncio
inserto en el «Boletín Oficial» de la provincia para que los interesados puedan
examinarlo y presentar alegaciones ante el Pleno. El expediente se considerará
definitivamente aprobado si durante el plazo de exposición pública no se
hubieran presentado alegaciones; en caso contrario, el Pleno dispondrá de un
plazo de un mes para resolverlas.»
En
Valencina de la Concepción a 5 de octubre de 2018.—El Alcalde, Antonio Manuel
Suárez Sánchez.
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