10/08/18 BOP SEVILLA VALENCINA MODIFICACIÓN RETRIBUCIÓN CONCEJALES LIBERADOS


Boletín Oficial de la provincia de Sevilla

 Número 185

Página nº 29

 Viernes 10 de agosto de 2018

VALENCINA DE LA CONCEPCIÓN

 

El Pleno del Ayuntamiento de esta villa, en sesión ordinaria celebrada el día 26 de julio de 2018, acordó:

 

«En virtud del art.73.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de Bases del Régimen Local, “El Pleno de la corporación, con cargo a los Presupuestos anuales de la misma, podrá asignar a los grupos políticos una dotación económica que deberá contar con un componente fijo, idéntico para todos los grupos y otro variable, en función del número de miembros de cada uno de ellos, dentro de los límites que, en su caso, se establezcan con carácter general en las Leyes de Presupuestos Generales del Estado y sin que puedan destinarse al pago de remuneraciones de personal de cualquier tipo al servicio de la corporación o a la adquisición de bienes que puedan constituir activos fijos de carácter patrimonial”.

 

En virtud del art. 75.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de Bases del Régimen Local, “Sólo los miembros de la Cor­poración que no tengan dedicación exclusiva ni dedicación parcial percibirán asistencias por la concurrencia efectiva a las sesiones de los órganos colegiados de la Corporación de que formen parte, en la cuantía señalada por el pleno de la misma”, por ello, desde Alcaldía se propone la adopción de los siguientes acuerdos:

 

Primero.—Modificar la base núm. 37ª.1 del presupuesto municipal para el ejercicio 2018 que regula las “Retribuciones altos cargos y asignaciones a grupos políticos” en los siguientes términos:

 

• “1. Establecer a favor de los miembros de la Corporación que desempeñen sus cargos en régimen de dedicación exclusi­va o parcial según corresponda las retribuciones que a continuación se relacionan, que se percibirán en doce (12) pagas, correspondientes a las diferentes mensualidades del año y darles de alta en el régimen general de la Seguridad Social, debiendo asumir esta Corporación el pago de las cuotas empresariales que corresponda.

 

• El cargo de primer y segundo Teniente de Alcalde, en régimen de dedicación exclusiva (100,00%), percibirá una retribu­ción mensual bruta de 1.814,79 euros;


• El cargo de tercer Teniente de Alcalde, en régimen de dedicación parcial (75,00%), percibirá una retribución mensual bruta de 1.408,31 euros;


• El cargo de cuarto Teniente de Alcalde, en régimen de dedicación parcial (50,00%), percibirá una retribución mensual bruta de 907,39 euros”.



Segundo.—Publicar de forma íntegra en el «Boletín Oficial» de la provincia el acuerdo de Pleno, a los efectos de su general conocimiento y entendiéndose definitivamente aprobado en el caso de no presentarse alegaciones en el plazo legal.

 

Tercero.—Notificar dicho acuerdo a los interesados y Secretaría e Intervención para su conocimiento y efectos oportunos.»

 

En Valencina de la Concepción a 31 de julio de 2018.—El Alcalde, Antonio Manuel Suárez Sánchez.

 

 


 

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