10/05/17 BOP SEVILLA VALENCINA Aprobación inicial del expediente de modificación de créditos núm. 28/2017 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de crédito extraordinario

Boletín Oficial de la provincia de Sevilla
Número 105
Página nº 26
Miércoles 10 de mayo de 2017

VALENCINA DE LA CONCEPCIÓN

El Pleno del Ayuntamiento de esta villa, en sesión extraordinaria celebrada el día 31 de marzo de 2017, acordó:

«Vista la resolución dictada por la Secretaria General de Financiación Autonómica y Local por la que se comunica la adhesión de ese Ayuntamiento al Fondo de Ordenación, en cumplimiento del acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos (CDGAE) del pasado día 2 de los corrientes, se hace precisa la modificación de créditos del Presupuesto de la Corporación bajo la modalidad de crédito extraordinario con cargo a la operación de crédito que en el marco de aquél habrá de suscribirse con el Instituto de Crédito Oficial.

Visto que con fecha 23 de marzo de 2017, se emitió Memoria del Alcalde en la que se especificaban la modalidad de modificación del crédito, la financiación de la operación y su justificación.

Visto que con fecha 23 de marzo de 2017, se emitió informe de Secretaría sobre la legislación aplicable y el procedimiento a seguir.

Visto que con fecha 23 de marzo de 2017 se emitió informe de Intervención favorable a la propuesta de Alcaldía.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 177.2 del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y en el artículo 22.2.e) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, quien suscribe propone al Pleno la adopción de los siguientes acuerdos:

Primero. Aprobar inicialmente el expediente de modificación de créditos núm. 28/2017 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de crédito extraordinario, financiado con cargo a la operación de crédito a largo plazo que en el marco del Fondo de Ordenación (R.D. Ley 17/2014 de 26 de diciembre, de medidas de sostenibilidad financiera de las CC.AA. y entidades locales y otras de carácter económico, como sigue a continuación:

Altas en aplicaciones de gastos
Aplicación      Descripción                                                                Importe

920   226.05    Ejecución de sentencias                                                996.161,28 €
920   622         Justiprecio expropiación inmueble C/ Blas Infante      127.532,00 €
934   352.01    Intereses de demora                                                      491.496,70 €
Total                                                                                                    1.615.189,98 €

Esta modificación se financia con cargo a una operación de crédito, en los siguientes términos:

Altas en aplicaciones de ingresos

Aplicación      913     
Descripción     Préstamos recibidos a largo plazo de entes de fuera del sector público
Importe           1.615.189,98 €

Además, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo 37.2, apartados a. y b., del Capítulo I del Título VI de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, desarrollado por el Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, que son los siguientes:

 a. El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a ejercicios posteriores. La inexistencia en el estado de gastos del Presupuesto de crédito destinado a esa finalidad específica, que deberá verificarse

b. La inexistencia en el estado de gastos del Presupuesto de crédito destinado a esa finalidad específica, que deberá verificarse en el nivel en que esté establecida la vinculación jurídica.  

Segundo. Exponer este expediente al público mediante anuncio insertado en el «Boletín Oficial» de la provincia, por el plazo de quince días, durante los cuales los interesados pondrán examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno. El expediente se considerará definitivamente aprobado si durante el citado plazo no se hubiesen presentado reclamaciones; en caso contrario, el Pleno dispondrá de un plazo de un mes para resolverlas.»

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1 por remisión del 177.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por el Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, se somete el expediente a exposición pública por el plazo de quince días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el «Boletín Oficial» de la provincia, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes.

Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.

Valencina de la Concepción a 25 de abril de 2017.—El Alcalde, Antonio Manuel Suárez Sánchez.




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