29/12/16 BOP SEVILLA SUPLEMENTO Nº 15 VALENCINA modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre bienes inmuebles


Boletín Oficial de la
provincia de Sevilla
Número 300
Paginas nº 59 a 64
Jueves 29 de diciembre de 2016
 
VALENCINA DE LA CONCEPCIÓN
 
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario inicial aprobatorio de modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre bienes inmuebles, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
 
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POR CIERTO LE RECORDAMOS EL COMENTARIO QUE HICIMOS EL 3 DE NOVIEMBRE DE 2016 CUANDO COLGAMOS EL ANUNCIO DEL BOP DE SEVILLA REFERENTE A  LA “ Aprobación inicial de la modificación de la Ordenanza del impuesto de bienes inmuebles de Valencina de la Concepción”

DESDE EL AÑO 2012 ESTE AYUNTAMIENTO HA IDO SUBIENDO ANUALMENTE UN 10% LOS VALORES CATASTRALES

I.B.I. = TIPO IMPOSITIVO MULTIPLICADO POR EL VALOR CATASTRAL

 

AHORA BAJAN EL TIPO IMPOSITIVO DEL 0.735 AL 0,71 PERO CON LA SUBIDA DEL 4% DEL VALOR CATASTRAL PARA 2017 SIGNIFICARÁ QUE PAGAREMOS EL AÑO QUE VIENE MÁS DE I.B.I RESPECTO AL 2016, CONCRETAMENTE UN 0,60% MÁS. SIENDO EL TIPO IMPOSITIVO EQUIVALENTE DEL 0,738

 
TOMANDO COMO REFERENCIA EL TIPO IMPOSITIVO PARA EL AÑO 2014 DEL 0,735 Y APLÍCÁNDOLE LAS SUBIDAS ANUALES DEL VALOR CATASTRAL DEL 10% RESULTA QUE EN EL 2015 EL TIPO IMPOSITIVO EQUIVALENTE FUE DEL 0,889 Y PARA EL 2016 ES DEL 0.978. MUY POR ENCIMA DE LO QUE NOS ESTÁN VENDIENDO DEL TIPO IMPOSITIVO DEL 0.735
 
ESTO ES MUY FÁCIL DE COMPROBAR
 
COGED EL RECIBO DEL I.B.I. MIRAR EL VALOR CATASTRAL DE CADA AÑO Y VERÉIS QUE EL DEL 2016 ES UN 10% MAYOR QUE EL DEL 2015, QUE EL DEL 2015 ES UN 10% SUPERIOR QUE EL DEL 2014, QUE EL DEL 2014 ES UN 10% AL DEL 2013 Y ASÍ HASTA EL AÑO 2012.
 
EN LA ACTUALIDAD EL VALOR CATASTRAL RESPECTO AL AÑO 2011 HA SUBIDO UN 61,05%.
 
PARA EL 2017 EL VALOR CATASTRAL SUBIRÁ OTRO 4%  SITUÁNDOSE UN 67,49% POR ENCIMA DEL VALOR CATASTRAL DE 2011.
 

PARA PODER HABLAR DE UNA BAJADA REAL DEL I.B.I., TENIENDO EN CUENTA LAS SUBIDAS DEL 10% DEL VALOR CATASTRAL DE 2014, 2015, 2016 Y EL 4% DEL 2017, EL TIPO IMPOSITIVO SE TENDRÍA QUE SITUAR POR DEBAJO DEL 0,581

POR CIERTO CUANDO ENTRÓ EN EL AÑO 2007  EL ACTUAL ALCALDE LO PRIMERO QUE HIZO FUE SUBIR EL TIPO IMPOSITIVO DEL I.B.I. DEL 0,70 AL 0,85, ASÍ ESTUVO HASTA EL AÑO 2013.

29/12/16 BOP SEVILLA VALENCINA modificación de créditos para la financiación de gastos de inversión, necesarios y urgentes, en la modalidad de crédito extraordinario para la construcción de una bilioteca municipal


Boletín Oficial de la
provincia de Sevilla.
Número 300
Página nº 37
Jueves 29 de diciembre de 2016
 
VALENCINA DE LA CONCEPCIÓN
 
En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, si durante el plazo de exposición pública no se hubiesen presentado reclamaciones, quedará automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario de fecha 1 de diciembre de 2016, sobre el expediente de modificación de créditos para la financiación de gastos de inversión, necesarios y urgentes, en la modalidad de crédito extraordinario, que se hace público resumido por capítulos:
Altas en aplicaciones de gastos
 
Aplicación  332.1 622
Descripción Construcción biblioteca municipal
Importe 420.000,00
 
Esta modificación se financia con cargo a una operación de crédito, en los siguientes términos:
 
Aplicación 911
Descripción Préstamo a l/p
Importe 420.000,00
 
Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso–administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
 
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la inter­posición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
 
En Valencina de la Concepción a 27 de diciembre de 2016.—El Alcalde–Presidente, Antonio Manuel Suárez Sánchez.
 
 

28/12/16 CORREO ANDALUCÍA El recibo de impuestos como el IBI cambiará en 26 localidades de Sevilla por la actualización del Catastro


¡ESTO NO ES UNA INOCENTADA!

El recibo de impuestos como el IBI cambiará en 26 localidades de Sevilla por la actualización del Catastro

27 dic 2016 / 22:00 h
 
Catastrazo o no catastrazo. Según el municipio sevillano en el que se viva, el valor catastral de las viviendas subirá o bajará de forma considerable a partir del próximo 1 de enero. Los inmuebles de 26 localidades de Sevilla sufrirán alteraciones sustanciales por la actualización de los coeficientes de valoración solicitada por los ayuntamientos. En 14 de los casos se dan importantes subidas y en 12, bajadas. Unos cambios que afectan a impuestos como el IBI.
La empresa de revisión de valores catastrales Impuestalia asegura que El Coronil y Los Molares, cuya última ponencia de valor se realizó en 1995, incrementarán el valor catastral un 6 por ciento. En La Rinconada, cuya ponencia data del 1996, subirán un 5 por ciento; en Morón de la Frontera, Santiponce, Villaverde del Río, Almensilla, Valencina de la Concepción y Gelves un 4 por ciento, y a los inmuebles de los municipios revisados entre 2001 y 2003, Carmona, Mairena del Aljarafe, Lebrija, Lora del Río y Mairena del Alcor, se le aplicará el coeficiente 1,03, por lo que engordarán los valores un 3 por ciento.
Por contra, bajan los coeficiente de actualización en aquellos municipios donde fueron revisados en los años de plena burbuja inmobiliaria, entre 2006 y 2009: Aznalcázar, Aznalcóllar, Castilleja del Campo, Huévar de Aljarafe, La Campana, Castilblanco de los Arroyos, El Garrobo, El Pedroso, Fuentes de Andalucía y Las Navas de la Concepción. En todas estas localidades se le aplicará el coeficiente 0,92 por lo que se reducirá su valor un 8 por ciento. En Alcalá de Guadaíra y Bormujos, un 10 por ciento.
Pero estos cambios no sólo tienen efectos en el recibo del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI), sino también en los que gravan la transmisión de viviendas, como la plusvalía (impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana), el impuesto de Transmisiones Patrimoniales, sobre Actos Jurídicos Documentados y el de Sucesiones y Donaciones.
El valor catastral es la base sobre la que se aplican los criterios contenidos en las ordenanzas fiscales de cada municipio para calcular la cuota del IBI. En este valor influyen muchos factores, como la localización del inmueble, las circunstancias urbanísticas que afectan al suelo, el uso, la calidad constructiva y la antigüedad edificatoria, así como el carácter histórico-artístico.
Carmen Villa, directora general de Impuestalia, empresa especializada en la optimización impositiva del IBI y otros tributos asociados a la tenencia y transmisión de bienes inmuebles, explica que el pasado 2 de diciembre el Gobierno aprobó el Real Decreto Ley 3/2016, en el que se actualizan los coeficientes de los valores catastrales para 2.452 municipios de toda España con el objetivo de aproximarlos al valor actual de mercado.
¿Quién aprueba la actualización de los coeficientes? Según Villa, esta revisión la aprueba el Gobierno, siempre que la hayan solicitado previamente los ayuntamientos.
Todos los consistorios pueden solicitar cada año la revisión del valor catastral de las viviendas siempre que cumplan requisitos como el que no se haya aplicado una ponencia de valores en los últimos cinco años, que se pongan de manifiesto diferencias sustanciales entre los valores de mercado y los que sirvieron de base para la determinación de los valores catastrales vigentes y que se haya solicitado a la dirección general del Catastro antes del 31 de mayo. Transcurridos diez años desde la última valoración pasa a ser obligatorio, aunque el periodo medio de actualización es mayor, 21 años.



MUNICIPIOS DEL ALJARAFE
 

MUNICIPIO
PROVINCIA
SUBE/BAJA
AÑO REVISADO
ALMENSILLA
SEVILLA
SUBE 4%
1999
AZNALCAZAR
SEVILLA
BAJA 8%
2006
BORMUJOS
SEVILLA
BAJA 9%
2010
CASTILLEJA DEL CAMPO
SEVILLA
BAJA 8%
2006
GELVES
SEVILLA
SUBE 4%
2000
HUEVAR DEL ALJARAFE
SEVILLA
BAJA 8%
2006
MAIRENA DEL ALJARAFE
SEVILLA
SUBE 3%
2001
SANTIPONCE
SEVILLA
SUBE 4%
1998
VALENCINA DE LA CONCEPCION
SEVILLA
SUBE 4%
1999

 
 

POR CIERTO LE RECORDAMOS EL COMENTARIO QUE HICIMOS EL 3 DE NOVIEMBRE DE 2016 CUANDO COLGAMOS EL ANUNCIO DEL BOP DE SEVILLA REFERENTE A  LA “ Aprobación inicial de la modificación de la Ordenanza del impuesto de bienes inmuebles de Valencina de la Concepción”

DESDE EL AÑO 2012 ESTE AYUNTAMIENTO HA IDO SUBIENDO ANUALMENTE UN 10% LOS VALORES CATASTRALES

I.B.I. = TIPO IMPOSITIVO MULTIPLICADO POR EL VALOR CATASTRAL

 

AHORA BAJAN EL TIPO IMPOSITIVO DEL 0.735 AL 0,71 PERO CON LA SUBIDA DEL 4% DEL VALOR CATASTRAL PARA 2017 SIGNIFICARÁ QUE PAGAREMOS EL AÑO QUE VIENE MÁS DE I.B.I RESPECTO AL 2016, CONCRETAMENTE UN 0,60% MÁS. SIENDO EL TIPO IMPOSITIVO EQUIVALENTE DEL 0,738

 
TOMANDO COMO REFERENCIA EL TIPO IMPOSITIVO PARA EL AÑO 2014 DEL 0,735 Y APLÍCÁNDOLE LAS SUBIDAS ANUALES DEL VALOR CATASTRAL DEL 10% RESULTA QUE EN EL 2015 EL TIPO IMPOSITIVO EQUIVALENTE FUE DEL 0,889 Y PARA EL 2016 ES DEL 0.978. MUY POR ENCIMA DE LO QUE NOS ESTÁN VENDIENDO DEL TIPO IMPOSITIVO DEL 0.735
 
ESTO ES MUY FÁCIL DE COMPROBAR
 
COGED EL RECIBO DEL I.B.I. MIRAR EL VALOR CATASTRAL DE CADA AÑO Y VERÉIS QUE EL DEL 2016 ES UN 10% MAYOR QUE EL DEL 2015, QUE EL DEL 2015 ES UN 10% SUPERIOR QUE EL DEL 2014, QUE EL DEL 2014 ES UN 10% AL DEL 2013 Y ASÍ HASTA EL AÑO 2012.
 
EN LA ACTUALIDAD EL VALOR CATASTRAL RESPECTO AL AÑO 2011 HA SUBIDO UN 61,05%.
 
PARA EL 2017 EL VALOR CATASTRAL SUBIRÁ OTRO 4%  SITUÁNDOSE UN 67,49% POR ENCIMA DEL VALOR CATASTRAL DE 2011.
 

PARA PODER HABLAR DE UNA BAJADA REAL DEL I.B.I., TENIENDO EN CUENTA LAS SUBIDAS DEL 10% DEL VALOR CATASTRAL DE 2014, 2015, 2016 Y EL 4% DEL 2017, EL TIPO IMPOSITIVO SE TENDRÍA QUE SITUAR POR DEBAJO DEL 0,581

POR CIERTO CUANDO ENTRÓ EN EL AÑO 2007  EL ACTUAL ALCALDE LO PRIMERO QUE HIZO FUE SUBIR EL TIPO IMPOSITIVO DEL I.B.I. DEL 0,70 AL 0,85, ASÍ ESTUVO HASTA EL AÑO 2013.

28/12/16 ¿SERÁ ESTA LA INOCENTADA DEL BOP SEVILLA? VALENCINA Aprobación inicial del expediente de modificación de créditos para la financiación de gastos de inversión, necesarios y urgentes, en la modalidad de crédito extraordinariopara la construcción de una biblioteca municipal


Boletín Oficial de la

provincia de Sevilla

Número 299

Página nº 89

Miércoles 28 de diciembre de 2016

 

VALENCINA DE LA CONCEPCIÓN

 

El Pleno del Ayuntamiento de Valencina de la Concepción, en sesión extraordinaria urgente celebrada el día 1 de diciembre de 2016, acordó la aprobación inicial del expediente de modificación de créditos para la financiación de gastos de inversión, necesarios y urgentes, en la modalidad de crédito extraordinario, con el siguiente detalle:

 

Altas en aplicaciones de gastos

 

Aplicación 332.1 622                                        

Descripción  Construcción Biblioteca Municipal

Importe  420.000,00

 

Esta modificación se financia con cargo a una operación de crédito, en los siguientes términos:

 

 

Aplicación 911            

Descripción Préstamo a l/p                      

Importe 420.000,00                                         


 

Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1, por remisión del 177.2, del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente a exposición pública por el plazo de quince días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

 

Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho Acuerdo.

 

En Valencina de la Concepción a 20 de diciembre de 2016.—El Alcalde-Presidente, Antonio Manuel Suárez Sánchez.

 


EL PASADO DÍA 13 DE DICIEMBRE DE 2016 SE PUBLICÓ EL MISMO ANUNCIO VER EL SIGUIENTE ENLACE:


13/12/16 BOP SEVILLA VALENCINA. Aprobación inicial del expediente de modificación de créditos para la financiación de gastos de inversión, necesarios y urgentes, en la modalidad de crédito extraordinario para la construcción de una biblioteca




28/12/16 BOP SEVILLA VALENCINA. Aprobación provisional de la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la Tasa de Cementerio


Boletín Oficial de la
provincia de Sevilla
Número 299
Página nº 89
Miércoles 28 de diciembre de 2016
 
VALENCINA DE LA CONCEPCIÓN
 
El Pleno del Ayuntamiento de Valencina de la Concepción, en sesión ordinaria celebrada el día 15 de diciembre de 2016, acordó la aprobación provisional de la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la Tasa de Cementerio. Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el «Boletín Oficial» de la provincia, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
 
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho Acuerdo.
 
En Valencina de la Concepción a 20 de diciembre de 2016.—El Alcalde-Presidente, Antonio Manuel Suárez Sánchez.
 
 

24/12/16 BOP SEVILLA ELEVADO A DEFINITIVO LA MODIFICACIÓN DE LA BASE 26.ª DEL PRESUPUESTO EN VIGOR DE VALENCINA


Boletín Oficial de la provincia de Sevilla
 Número 297
Páginas nº 33 al 34
Sábado 24 de diciembre de 2016
 
VALENCINA DE LA CONCEPCIÓN
 
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, de conformidad con lo establecido en el artículo 169.1, por remisión del 177.2, del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario inicial aprobatorio de modificación de la Base 26.ª del Presupuesto en vigor de Valencina de la Concepción, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento.
 
«Primero. Modificar la base 26.ª del Presupuesto actualmente en vigor, añadiéndole siguiente punto:
 
“3.º Determinar que los miembros de la Corporación que no tengan dedicación exclusiva ni dedicación parcial perciban, desde ella adopción del presente acuerdo, las asistencias siguientes:
 
Por asistencia a las sesiones de pleno ordinario: 70,00 € netos.
Por asistencia a sesiones de comisiones informativas ordinarias: 25,00 € netos.
 
En cualquier caso, solo se cuantificarán una asistencia por mes, con independencia del número de sesiones o reuniones que se celebren.”
 
Segundo. Publicar de forma íntegra en el «Boletín Oficial» de la provincia el acuerdo de pleno, a los efectos de su general co­nocimiento y entendiéndose definitivamente aprobado en el caso de no presentarse alegaciones en el plazo legal.»
 
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
 
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la inter­posición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
 
En Valencina de la Concepción a 20 de diciembre de 2016.—El Alcalde, Antonio Manuel Suárez Sánchez.
 

23/12/16 CORREO ANDALUCÍA VALENCINA. NUEVAS OBRAS PARA REMATAR LA CUBRICIÓN DE TUMBAS CALCOLÍTICAS