07/02/18 BOP SEVILLA VALENCINA APROBACIÓN INICIAL EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN DE CRÉDITOS POR DEBERSE PROCEDER AL REINTREGRO DE LAS CANTIDADES NO JUSTIFICADAS EN RELACIÓN AL FEAR 2016


Boletín Oficial de la provincia de Sevilla.
Número 31
Página nº 29
Miércoles 7 de febrero de 2018
 
VALENCINA DE LA CONCEPCIÓN
 
El Pleno del Ayuntamiento de Valencina de la Concepción (Sevilla), en sesión ordinaria celebrada el día 18 de enero de 2018, acordó:
 
«Debiendo procederse al reintegro de las cantidades no justificadas en relación al Fondo Extraordinario de Anticipos Reinte­grables (FEAR 2016), se hace precisa la modificación de créditos de dicho Presupuesto de la Corporación bajo la modalidad de crédito extraordinario con cargo a bajas por anulación.
 
Visto que con fecha 8 de enero de 2018, se emitió Memoria del Alcalde en la que se especificaban la modalidad de modificación de crédito, la financiación de la operación y su justificación.
 
Visto que con fecha 9 de enero de 2018, se emitió informe de Secretaría sobre la Legislación aplicable y el procedimiento a seguir.
 
Visto que con fecha 9 de enero de 2018 se emitió Informe favorable por la Intervención municipal, a la propuesta de Alcaldía.
 
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 177.2 del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y en el artículo 22.2.e) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, quien suscribe propone al Pleno la adopción de los siguientes:
 
Acuerdos.
 
Primero.— Aprobar inicialmente el expediente de modificación de créditos núm. 66/2018, del Presupuesto en vigor, en la mo­dalidad de crédito extraordinario, financiado con cargo a bajas en otras aplicaciones de gastos, como sigue a continuación:
 
Altas en aplicaciones de gastos
 
Aplicación
Descripción
Importe
011
913.00
Amortización de préstamos a l/p
284,252

Esta modificación se financia con cargo a bajas, en los siguientes términos:
 
Aplicación
Descripción
Importe
332
622.08.16
Construcción Biblioteca Municipal
284,252
 
Además, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo 37.2, apartados a) y b), del capítulo I del título VI de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, desarrollado por el Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, que son los siguientes:
              
a. El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a ejercicios posteriores.
 
b. La inexistencia en el estado de gastos del Presupuesto de crédito destinado a esa finalidad específica, que deberá verificarse en el nivel en que esté establecida la vinculación jurídica.
 
Segundo.— Exponer este expediente al público mediante anuncio insertado en el «Boletín Oficial» de la provincia, por el plazo de quince días, durante los cuales los interesados pondrán examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno. El expediente se considerará definitivamente aprobado si durante el citado plazo no se hubiesen presentado reclamaciones; en caso contrario, el Pleno dispondrá de un plazo de un mes para resolverlas».
 
En Valencina de la Concepción a 22 de enero de 2018.—El Alcalde, Antonio Manuel Suárez Sánchez.
 
 
 

No hay comentarios: