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05/10/18 El Gobierno prepara un ‘catastrazo’ que afectará a 1.200 ayuntamientos


El Gobierno prepara un ‘catastrazo’ que afectará a 1.200 ayuntamientos

David García-Maroto
 
El Ministerio de Hacienda ya tiene la lista de los ayuntamientos que efectuarán una revisión catastral de inmuebles urbanos en 2019. Son cerca de 1.200 consistorios, el equivalente al 15% del total. Así lo recoge una Orden publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) de este sábado, en el que se anticipa, sin embargo, que los coeficientes de actualización deberán establecerse en la Ley de Presupuestos del próximo año, que el Gobierno aún no ha presentado.

Por tanto, pese a no tener aún cuentas anuales y ante la amenaza de que, cuando las haya, quizás tengan que acomodarse a la senda de déficit público más restrictiva heredada del anterior Gobierno del PP, el ministerio que dirige María Jesús Montero ha publicado la orden preceptiva prevista en la Ley para aplicar posibles subidas catastrales que repercutirán en una alteración de la recaudación de los ayuntamientos por la vía de tributos como Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI).

Entre los ayuntamientos afectados se encuentran Badalona (Barcelona), Cádiz, Santander, Guadalajara, Avilés (Asturias), Granada, Huesca, Lorca (Murcia), Coslada (Madrid), Las Rozas (Madrid) o Valencia.


Las cuentas anuales del Estado para 2019 son una incógnita con lo que está por ver cómo se instrumentará esta revisión catastral.

Además, en virtud del coeficiente que se aplique, el valor catastral de los inmuebles puede revisarse al alza o a la baja. La razón es que los coeficientes se fijan en función del año de entrada en vigor de la última ponencia de valores del municipio, que básicamente es el documento en el que se recogen los criterios con los que se han llevado a cabo las últimas valoraciones en el territorio.

Actualmente, el precio del metro cuadrado de la vivienda libre se sitúa en 1.587.9 euros, el valor más alto desde el segundo trimestre de 2012, según datos del Ministerio de Fomento, que toma como referencias los valores de tasación.

Desde este punto de vista, en términos generales, las viviendas valoradas desde ese momento habrían aumentado su valor, mientras que en aquellas cuyo precio data de entre 2008 y 2012, habría descendido. Atendiendo al año de entrada en vigor de la ponencia de valores, alrededor de un tercio de los municipios recogidos en este último listado pertenecerían a este último grupo.

Cae el número de revisiones

El valor catastral de una vivienda es la referencia sobre la que se tributa a nivel municipal por el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), una de las principales fuentes de financiación de los ayuntamientos.

De esta forma, a menos que los ayuntamientos decidan introducir cambios en el impuesto, bonificaciones o exenciones, una subida del valor catastral de los inmuebles puede suponer una mayor carga para el bolsillo de los ciudadanos y, en paralelo, más ingresos para los municipios.

Para poder llevar a cabo esta revisión, los municipios interesados realizan una solicitud cada año para aplicar los coeficientes que se fijen. Para ello, deben cumplir tres supuestos: haber transcurrido al menos cinco años desde la entrada en vigor de los valores catastrales resultantes de la última valoración, que existan diferencias sustanciales entre los valores de mercado y los que sirvieron de base para determinar dichos valores catastrales, y que el ayuntamiento efectúe la solicitud antes del 31 de mayo.

Cumpliendo estos criterios, los municipios que han solicitado una revisión catastral para el año que viene alcanza los casi 1.200, lo que supone una cifra un 14% inferior a la registrada en la misma orden el pasado año. Además, la cifra es prácticamente la mitad que la de 2017, cuando hasta un tercio del total de municipios, unos 2.500, procedieron a aplicar los nuevos coeficientes.

Además, dentro de este ‘catastrazo’ también se incluirá la aplicación de oficio de coeficientes a los municipios beneficiados por el decreto contra la morosidad de las administraciones públicas y de apoyo a entidades locales con problemas financieros de 2013, que les permitía fraccionar en hasta 10 años sus deudas en ejecución con la Seguridad Social y Hacienda.

También se prevé la aplicación de oficio de estos coeficientes a los ayuntamientos acogidos al Fondo de Ordenación, con el que el Estado atiende el vencimiento de sus préstamos a largo plazo, también los correspondientes al mecanismo de financiación de pago a proveedores y la anualidad correspondiente a las liquidaciones negativas de su participación en los tributos del Estado.
En ambos casos, debe tratarse de municipios que hayan realizado la última valoración de carácter general antes del año 2003.

Tras atajar la picaresca

Esta nueva revisión masiva de valores catastrales tiene lugar después de que se hayan conocido este año los resultados del Plan de Regularización Catastral (PRC) iniciado por el Ministerio de Hacienda en 2013 para aflorar inmuebles y las alteraciones practicadas en los mismos que aún no tenían reflejo en el Catastro. El balance es que fue una herramienta recaudatoria especialmente potente y rentable en 2017.

Solo el pasado año se regularizaron casi un millón de construcciones, lo que dio lugar a un incremento masivo de valores catastrales que se tradujo, a su vez, en una jugosa factura a través del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI)  y del IRPF de cerca de 700 millones de euros.

La motivación del plan era acabar con prácticas evidentes de fraude fiscal a lo largo y ancho del territorio nacional, con la excepción del País Vasco y Navarra, donde no se ha desarrollado por cuestiones competenciales. De esta forma, se adecuarían los valores catastrales a la realidad y, con ellos, la tributación que recae sobre inmuebles urbanos y rústicos.

A modo de ejemplo, se trataba de detectar no solo de nuevas construcciones no afloradas, sino también ampliaciones viviendas, reformas, cambios de uso o la construcción de piscinas, que suponen incrementos en la valoración final del inmueble y, por ello, mayor tributación por impuestos como el IBI o la ahora cuestionada plusvalía municipal.

 
 
ADJUNTAMOS ENLACE BOE 29/09/2018 CON LA LISTA DE LOS MUNICIPIOS QUE SE VERÁN AFECTADOS POR EL NUEVO CATASTRAZO EN EL 2019:
 
https://www.boe.es/boe/dias/2018/09/29/pdfs/BOE-A-2018-13183.pdf
 
 
 
MUNICIPIOS AFECTADOS DEL ALJARAFE:
 
BENACAZÓN
GELVES
SANTIPONCE
VALENCINA

21/09/17 ABC Los Presupuestos de 2018 incluirán un «catastrazo» sobre 1.831 municipios


Los Presupuestos de 2018 incluirán un «catastrazo» sobre 1.831 municipios

Los Presupuestos de 2018 incluirán un «catastrazo» sobre 1.831 municipios


Los valores subirán para la mayoría de estas localidades, aunque en otras también bajarán



 

Javier Tahiri - javiertahiri Madrid21/09/2017 21:51h –

 

El Gobierno finalmente ha pospuesto la aprobación de los Presupuestos para 2018 pero ya cuenta con la lista de municipios sobre los que planea un «catastrazo» el año que viene. Las cuentas públicas contendrán una subida de los valores catastrales para la mayor parte de los 1.831 municipios en los que se actualizarán las referencias en 2018, como desgrana la orden ministerial que Hacienda publicó ayer en el BOE.

Al aumentar los valores catastrales de la mayoría de estos 1.831 municipios, que suponen una quinta parte de los 8.124 pueblos que hay en España, también lo harán los impuestos que dependen de sus valores, como el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) o la plusvalía municipal, aunque dependerá de si los propios consistorios no revisan también los tipos de los tributos para evitar el «catastrazo» sobre sus vecinos.

Dependerá de cada caso y de cómo se apliquen los coeficientes que incluirán los Presupuestos de 2018, que determinarán qué localidades sufrirán un aumento de sus valores y cuáles no. El criterio será cuál fue el último año de revisión. Como indicador, 1.203 municipios tienen valoraciones del siglo pasado, anteriores al año 2000, que seguramente experimenten incrementos de valor y, por ende, un aumento de los impuestos correspondientes.

Año a año las cuentas del Estado incluyen la revisión catastral de los ayuntamientos que así lo piden a la Dirección General del Catastro y cumplen los requisitos. Pese a que el Ejecutivo es el que aprueba las cuentas, la medida se adopta a instancia de los consistorios.

Muchas de las localidades que aparecen en los Presupuestos de 2018 ya estaban incluidas en las cuentas de 2017. Como explican desde Hacienda, ello se debe a que en numerosos casos, los ayuntamientos piden que la revisión se haga escalonadamente, en varios ejercicios. Entre las capitales que están incluidas el próximo año figuran Valencia, Cádiz, Granada, Huelva, Badajoz, Logroño, Huesca, Lérida y Teruel.

En unos días se conocerán los coeficientes y se podrá saber a cuántos les sube o baja. En los últimos años, la revisión constante de los valores catastrales ha permitido elevar la recaudación de los ayuntamientos.

Un 21% más desde 2008


El grupo de expertos de la financiación local, en su informe al Ministerio de Hacienda, puso números al «hachazo fiscal» de los consistorios en este sentido: si desde 2008 el precio de la vivienda ha bajado un 30%, las valoraciones catastrales, pedidas por los ayuntamientos y efectuadas por Hacienda, han incrementado las referencias de media un 21%. Ello ha permitido elevar la recaudación del IBI un 61% desde 2008 hasta los 12.807 millones de euros. El tributo se ha convertido en la joya de la corona de los municipios: jamás ha bajado sus ingresos.




ADJUNTAMOS ENLACE BOE 21/09/2017 CON LA LISTA DE LOS MUNICIPIOS QUE SE VERÁN AFECTADOS POR EL NUEVO CATASTRAZO EN EL 2018:



MUNICIPIOS AFECTADOS DEL ALJARAFE:

ALBAIDA DEL ALJARAFE
BORMUJOS
CAMAS
CASTILLEJA DEL CAMPO
GELVES
MAIRENA DEL ALJARAFE
SANTIPONCE
VALENCINA
VILLANUEVA DEL ARISCAL





 

28/12/16 CORREO ANDALUCÍA El recibo de impuestos como el IBI cambiará en 26 localidades de Sevilla por la actualización del Catastro


¡ESTO NO ES UNA INOCENTADA!

El recibo de impuestos como el IBI cambiará en 26 localidades de Sevilla por la actualización del Catastro

27 dic 2016 / 22:00 h
 
Catastrazo o no catastrazo. Según el municipio sevillano en el que se viva, el valor catastral de las viviendas subirá o bajará de forma considerable a partir del próximo 1 de enero. Los inmuebles de 26 localidades de Sevilla sufrirán alteraciones sustanciales por la actualización de los coeficientes de valoración solicitada por los ayuntamientos. En 14 de los casos se dan importantes subidas y en 12, bajadas. Unos cambios que afectan a impuestos como el IBI.
La empresa de revisión de valores catastrales Impuestalia asegura que El Coronil y Los Molares, cuya última ponencia de valor se realizó en 1995, incrementarán el valor catastral un 6 por ciento. En La Rinconada, cuya ponencia data del 1996, subirán un 5 por ciento; en Morón de la Frontera, Santiponce, Villaverde del Río, Almensilla, Valencina de la Concepción y Gelves un 4 por ciento, y a los inmuebles de los municipios revisados entre 2001 y 2003, Carmona, Mairena del Aljarafe, Lebrija, Lora del Río y Mairena del Alcor, se le aplicará el coeficiente 1,03, por lo que engordarán los valores un 3 por ciento.
Por contra, bajan los coeficiente de actualización en aquellos municipios donde fueron revisados en los años de plena burbuja inmobiliaria, entre 2006 y 2009: Aznalcázar, Aznalcóllar, Castilleja del Campo, Huévar de Aljarafe, La Campana, Castilblanco de los Arroyos, El Garrobo, El Pedroso, Fuentes de Andalucía y Las Navas de la Concepción. En todas estas localidades se le aplicará el coeficiente 0,92 por lo que se reducirá su valor un 8 por ciento. En Alcalá de Guadaíra y Bormujos, un 10 por ciento.
Pero estos cambios no sólo tienen efectos en el recibo del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI), sino también en los que gravan la transmisión de viviendas, como la plusvalía (impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana), el impuesto de Transmisiones Patrimoniales, sobre Actos Jurídicos Documentados y el de Sucesiones y Donaciones.
El valor catastral es la base sobre la que se aplican los criterios contenidos en las ordenanzas fiscales de cada municipio para calcular la cuota del IBI. En este valor influyen muchos factores, como la localización del inmueble, las circunstancias urbanísticas que afectan al suelo, el uso, la calidad constructiva y la antigüedad edificatoria, así como el carácter histórico-artístico.
Carmen Villa, directora general de Impuestalia, empresa especializada en la optimización impositiva del IBI y otros tributos asociados a la tenencia y transmisión de bienes inmuebles, explica que el pasado 2 de diciembre el Gobierno aprobó el Real Decreto Ley 3/2016, en el que se actualizan los coeficientes de los valores catastrales para 2.452 municipios de toda España con el objetivo de aproximarlos al valor actual de mercado.
¿Quién aprueba la actualización de los coeficientes? Según Villa, esta revisión la aprueba el Gobierno, siempre que la hayan solicitado previamente los ayuntamientos.
Todos los consistorios pueden solicitar cada año la revisión del valor catastral de las viviendas siempre que cumplan requisitos como el que no se haya aplicado una ponencia de valores en los últimos cinco años, que se pongan de manifiesto diferencias sustanciales entre los valores de mercado y los que sirvieron de base para la determinación de los valores catastrales vigentes y que se haya solicitado a la dirección general del Catastro antes del 31 de mayo. Transcurridos diez años desde la última valoración pasa a ser obligatorio, aunque el periodo medio de actualización es mayor, 21 años.



MUNICIPIOS DEL ALJARAFE
 

MUNICIPIO
PROVINCIA
SUBE/BAJA
AÑO REVISADO
ALMENSILLA
SEVILLA
SUBE 4%
1999
AZNALCAZAR
SEVILLA
BAJA 8%
2006
BORMUJOS
SEVILLA
BAJA 9%
2010
CASTILLEJA DEL CAMPO
SEVILLA
BAJA 8%
2006
GELVES
SEVILLA
SUBE 4%
2000
HUEVAR DEL ALJARAFE
SEVILLA
BAJA 8%
2006
MAIRENA DEL ALJARAFE
SEVILLA
SUBE 3%
2001
SANTIPONCE
SEVILLA
SUBE 4%
1998
VALENCINA DE LA CONCEPCION
SEVILLA
SUBE 4%
1999

 
 

POR CIERTO LE RECORDAMOS EL COMENTARIO QUE HICIMOS EL 3 DE NOVIEMBRE DE 2016 CUANDO COLGAMOS EL ANUNCIO DEL BOP DE SEVILLA REFERENTE A  LA “ Aprobación inicial de la modificación de la Ordenanza del impuesto de bienes inmuebles de Valencina de la Concepción”

DESDE EL AÑO 2012 ESTE AYUNTAMIENTO HA IDO SUBIENDO ANUALMENTE UN 10% LOS VALORES CATASTRALES

I.B.I. = TIPO IMPOSITIVO MULTIPLICADO POR EL VALOR CATASTRAL

 

AHORA BAJAN EL TIPO IMPOSITIVO DEL 0.735 AL 0,71 PERO CON LA SUBIDA DEL 4% DEL VALOR CATASTRAL PARA 2017 SIGNIFICARÁ QUE PAGAREMOS EL AÑO QUE VIENE MÁS DE I.B.I RESPECTO AL 2016, CONCRETAMENTE UN 0,60% MÁS. SIENDO EL TIPO IMPOSITIVO EQUIVALENTE DEL 0,738

 
TOMANDO COMO REFERENCIA EL TIPO IMPOSITIVO PARA EL AÑO 2014 DEL 0,735 Y APLÍCÁNDOLE LAS SUBIDAS ANUALES DEL VALOR CATASTRAL DEL 10% RESULTA QUE EN EL 2015 EL TIPO IMPOSITIVO EQUIVALENTE FUE DEL 0,889 Y PARA EL 2016 ES DEL 0.978. MUY POR ENCIMA DE LO QUE NOS ESTÁN VENDIENDO DEL TIPO IMPOSITIVO DEL 0.735
 
ESTO ES MUY FÁCIL DE COMPROBAR
 
COGED EL RECIBO DEL I.B.I. MIRAR EL VALOR CATASTRAL DE CADA AÑO Y VERÉIS QUE EL DEL 2016 ES UN 10% MAYOR QUE EL DEL 2015, QUE EL DEL 2015 ES UN 10% SUPERIOR QUE EL DEL 2014, QUE EL DEL 2014 ES UN 10% AL DEL 2013 Y ASÍ HASTA EL AÑO 2012.
 
EN LA ACTUALIDAD EL VALOR CATASTRAL RESPECTO AL AÑO 2011 HA SUBIDO UN 61,05%.
 
PARA EL 2017 EL VALOR CATASTRAL SUBIRÁ OTRO 4%  SITUÁNDOSE UN 67,49% POR ENCIMA DEL VALOR CATASTRAL DE 2011.
 

PARA PODER HABLAR DE UNA BAJADA REAL DEL I.B.I., TENIENDO EN CUENTA LAS SUBIDAS DEL 10% DEL VALOR CATASTRAL DE 2014, 2015, 2016 Y EL 4% DEL 2017, EL TIPO IMPOSITIVO SE TENDRÍA QUE SITUAR POR DEBAJO DEL 0,581

POR CIERTO CUANDO ENTRÓ EN EL AÑO 2007  EL ACTUAL ALCALDE LO PRIMERO QUE HIZO FUE SUBIR EL TIPO IMPOSITIVO DEL I.B.I. DEL 0,70 AL 0,85, ASÍ ESTUVO HASTA EL AÑO 2013.

03/11/16 BOP SEVILLA VALENCINA Aprobación inicial de la modificación de la Ordenanza del impuesto de bienes inmuebles


Boletín Oficial de la provincia de Sevilla.

Jueves 3 de noviembre de 2016

 Número 255

Página nº 24

 

VALENCINA DE LA CONCEPCIÓN

 

Aprobación inicial de la modificación de la Ordenanza del impuesto de bienes inmuebles de Valencina de la Concepción.

 

El Pleno del Ayuntamiento en sesión celebrada el día 20 de octubre del presente, acordó la aprobación inicial de la modificación de la Ordenanza del impuesto de bienes inmuebles,

 

En virtud del artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y artículo 169.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales, el presente acuerdo de aprobación inicial se expondrá al público por un plazo de treinta días hábiles mediante la inserción del mismo en el tablón de anuncios del Ayuntamiento. Igualmente, se publicará en el «Boletín Oficial» de la provincia. Durante el indicado plazo, los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

 

En aplicación de lo dispuesto en el apartado c) del mismo artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, los acuerdos iniciales se entenderán definitivamente adoptados si transcurrido el período de exposición pública no se hubieran presentado reclamaciones.

 

En Valencina de la Concepción a 24 de octubre de 2016.—El Alcalde–Presidente, Antonio Manuel Suárez Sánchez.

 



NUESTRO COMENTARIO:

RECORDAMOS QUE DESDE EL AÑO 2012 ESTE AYUNTAMIENTO HA IDO SUBIENDO ANUALMENTE UN 10% LOS VALORES CATASTRALES


I.B.I. = TIPO IMPOSITIVO MULTIPLICADO POR EL VALOR CATASTRAL


AHORA PROPONEN BAJAR EL TIPO IMPOSITIVO DEL 0.735 AL 0,71 PERO CON LA SUBIDA DEL 4% DEL VALOR CATASTRAL PARA 2017 SIGNIFICARÁ QUE PAGAREMOS EL AÑO QUE VIENE MÁS DE I.B.I RESPECTO AL 2016, CONCRETAMENTE UN 0,60% MÁS. SIENDO EL TIPO IMPOSITIVO EQUIVALENTE DEL 0,738


TOMANDO COMO REFERENCIA EL TIPO IMPOSITIVO PARA EL AÑO 2014 DEL 0,735 Y APLÍCÁNDOLE LAS SUBIDAS ANUALES DEL VALOR CATASTRAL DEL 10% RESULTA QUE EN EL 2015 EL TIPO IMPOSITIVO EQUIVALENTE FUE DEL 0,889 Y PARA EL 2016 ES DEL 0.978. MUY POR ENCIMA DE LO QUE NOS ESTÁN VENDIENDO DEL TIPO IMPOSITIVO DEL 0.735

ESTO ES MUY FÁCIL DE COMPROBAR

COGED EL RECIBO DEL I.B.I. MIRAR EL VALOR CATASTRAL DE CADA AÑO Y VERÉIS QUE EL DEL 2016 ES UN 10% MAYOR QUE EL DEL 2015, QUE EL DEL 2015 ES UN 10% SUPERIOR QUE EL DEL 2014, QUE EL DEL 2014 ES UN 10% AL DEL 2013 Y ASÍ HASTA EL AÑO 2012.

EN LA ACTUALIDAD EL VALOR CATASTRAL RESPECTO AL AÑO 2011 HA SUBIDO UN 61,05%.

PARA EL 2017 EL VALOR CATASTRAL SUBIRÁ OTRO 4%  SITUÁNDOSE UN 67,49% POR ENCIMA DEL VALOR CATASTRAL DE 2011.

PARA PODER HABLAR DE UNA BAJADA REAL DEL I.B.I., TENIENDO EN CUENTA LAS SUBIDAS DEL 10% DEL VALOR CATASTRAL DE 2014, 2015, 2016 Y EL 4% DEL 2017, EL TIPO IMPOSITIVO SE TENDRÍA QUE SITUAR POR DEBAJO DEL 0,581

POR CIERTO CUANDO ENTRÓ EN EL AÑO 2007  EL ACTUAL ALCALDE LO PRIMERO QUE HIZO FUE SUBIR EL TIPO IMPOSITIVO DEL I.B.I. DEL 0,70 AL 0,85, ASÍ ESTUVO HASTA EL AÑO 2013.


 

19/10/16 AYTO VALENCINA CONVOCATORIA PLENO ORDINARIO EL DÍA 20 DE OCTUBRE DE 2016 A LAS 20:00 HORAS

Pleno (Sesión Ordinaria)

        

Se convoca sesión Ordinaria del Pleno a celebrar el día 20 de octubre a las 19:00 horas en el Salón de Plenos de la Casa Consistorial




ORDEN DEL DÍA


1. APROBACIÓN INICIAL DE LA MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL DEL IMPUESTO DE BIENES INMUEBLES DE VALENCINA DE LA CONCEPCIÓN

 2. RECONOCIMIENTO EXTRAJUDICIAL DE CRÉDITOS DE OBLIGACIONES 2014.

 3. APROBACIÓN INICIAL DE LA ORDENANZA SOBRE TENENCIA Y CIRCULACIÓN DE ANIMALES Y SANIDAD ANIMAL DE VALENCINA DE LA CONCEPCIÓN.

 4. APROBACIÓN INICIAL DE LA ORDENANZA REGULADORA DEL COMERCIO AMBULANTE EN EL TERMINO MUNICIPAL DE VALENCINA DE LA CONCEPCIÓN.

 5. DACIÓN DE CUENTAS: RESOLUCIONES DE ALCALDÍA DESDE LA 1421 a 1605.

 6. ASUNTOS URGENTES

 7. RUEGOS Y PREGUNTAS

SECRETARIA GENERAL





NUESTRO COMENTARIO:

¿NOS VOLVERÁN A CONTAR LA MILONGA DE QUE SE BAJA EL I.B.I.?

¿SE ACUERDAN CUANDO NOS VENDIERON LA BURRA DE QUE BAJABAN UN 13% EL I.B.I. AL BAJAR EL TIPO IMPOSITIVO DEL 0,85 AL 0,735  A PARTIR DEL AÑO 2014 PERO A LA POSTRE NOS SUBIERON DE LA MISMA UN 10% EL VALOR CATASTRAL?

¿CUAL FUE LA BAJADA REAL EN EL 2014?

PUES DEL 4,88% Y NO DEL 13% COMO ANUNCIARON A BOMBO Y PLATILLO, SIENDO EL TIPO IMPOSITIVO EQUIVALENTE DEL 0,8085



RECORDAMOS QUE DESDE EL AÑO 2012 ESTE AYUNTAMIENTO HA IDO SUBIENDO ANUALMENTE UN 10% LOS VALORES CATASTRALES


I.B.I. = TIPO IMPOSITIVO MULTIPLICADO POR EL VALOR CATASTRAL


AHORA PROPONEN BAJAR EL TIPO IMPOSITIVO DEL 0.735 AL 0,71 PERO CON LA SUBIDA DEL 4% DEL VALOR CATASTRAL PARA 2017 SIGNIFICARÁ QUE PAGAREMOS EL AÑO QUE VIENE MÁS DE I.B.I RESPECTO AL 2016, CONCRETAMENTE UN 0,60% MÁS. SIENDO EL TIPO IMPOSITIVO EQUIVALENTE DEL 0,738


TOMANDO COMO REFERENCIA EL TIPO IMPOSITIVO PARA EL AÑO 2014 DEL 0,735 Y APLÍCÁNDOLE LAS SUBIDAS ANUALES DEL VALOR CATASTRAL DEL 10% RESULTA QUE EN EL 2015 EL TIPO IMPOSITIVO EQUIVALENTE FUE DEL 0,889 Y PARA EL 2016 ES DEL 0.978. MUY POR ENCIMA DE LO QUE NOS ESTÁN VENDIENDO DEL TIPO IMPOSITIVO DEL 0.735

ESTO ES MUY FÁCIL DE COMPROBAR

COGED EL RECIBO DEL I.B.I. MIRAR EL VALOR CATASTRAL DE CADA AÑO Y VERÉIS QUE EL DEL 2016 ES UN 10% MAYOR QUE EL DEL 2015, QUE EL DEL 2015 ES UN 10% SUPERIOR QUE EL DEL 2014, QUE EL DEL 2014 ES UN 10% AL DEL 2013 Y ASÍ HASTA EL AÑO 2012.

EN LA ACTUALIDAD EL VALOR CATASTRAL RESPECTO AL AÑO 2011 HA SUBIDO UN 61,05%.

PARA EL 2017 EL VALOR CATASTRAL SUBIRÁ OTRO 4%  SITUÁNDOSE UN 67,49% POR ENCIMA DEL VALOR CATASTRAL DE 2011.

PARA PODER HABLAR DE UNA BAJADA REAL DEL I.B.I., TENIENDO EN CUENTA LAS SUBIDAS DEL 10% DEL VALOR CATASTRAL DE 2014, 2015, 2016 Y EL 4% DEL 2017, EL TIPO IMPOSITIVO SE TENDRÍA QUE SITUAR POR DEBAJO DEL 0,581

POR CIERTO CUANDO ENTRÓ EN EL AÑO 2007  EL ACTUAL ALCALDE LO PRIMERO QUE HIZO FUE SUBIR EL TIPO IMPOSITIVO DEL I.B.I. DEL 0,70 AL 0,85, ASÍ ESTUVO HASTA EL AÑO 2013.






  

13/10/16 DIARIO DE SEVILLA Casi 30 municipios piden la revisión automática de sus valores catastrales


Casi 30 municipios piden la revisión automática de sus valores catastrales


Entre ellos hay ocho con más de 20.000 habitantes Hacienda les aplicará un coeficiente para actualizar el valor de sus inmubles, que se ejecutará ya a partir del 1 de enero de 2017

Trinidad Perdiguero | Actualizado 13.10.2016 - 05:01


El Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas aplicará en 2017 una revisión automática de los valores catastrales de los inmuebles en un total de 26 municipios sevillanos que, dentro del plazo que prevé la Ley del Catastro, lo han solicitado formalmente y cumplen los requisitos para ello. Entre otras cosas, es necesario que hayan transcurrido al menos cinco años desde que entró en vigor la última revisión general de esos valores y que se haya puesto de manifiesto que, incluso aunque haya transcurrido relativamente poco tiempo, se ha producido una modificación sustancial entre los valores del mercado y esos tipos.


Es decir, esta modalidad no es una revisión exahustiva o pormenorizada, sino que lo que hace la Dirección General del Catastro es aplicar un coeficiente, según el año de entrada en vigor de los valores catastrales, para multiplicarlos y cuyo resultado se aplica de forma automática a todos y cada uno de los edificios de cara al ejercicio siguiente. Los citados coeficicientes deben deben recogerse en los Presupuestos Generales del Estado de 2017, de los que todavía no hay información. En cualquier caso, la fecha de entrada en vigor de los nuevos datos es el 1 de enero de 2017, con lo que ya se aplicarán de cara al Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) del año que viene y a otros impuestos relacionados con la compra y venta de viviendas, por ejemplo.


Entre esos 26 municipios hay ocho que superan los 20.000 habitantes, según la relación que se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el pasado 1 de octubre. Se trata de Alcalá de Guadaíra (en donde el año de entrada en vigor de la ponencia de valores actual es 2010); Bormujos (también de 2010); Carmona (2001); La Rinconada (1996); Lebrija (2002); Mairena del Alcor (2003); Mairena del Aljarafe (2001); y Morón de la Frontera (en donde el Catastro hizo la última revisión general de los valores en el año 1997).


Con menor población, la actuación automática con aplicación de coeficientes se hará además en Almensilla (1999); Aznalcázar (2006); Aznalcóllar (2006); Castilblanco de los Arroyos (2008); Castilleja del Campo (2006); El Coronil (1995); El Garrobo (2008); El Pedroso (2008); Fuentes de Andalucía (2008); Gelves (2000); Huévar del Aljarafe (2010); La Campana (2007); Las Navas de la Concepción (2009); Lora del Río (2003); Los Molares (1995); Santiponce (1998); Valencina de la Concepción (1999); y Villaverde del Río (1998).


No necesariamente implicará una subida del valor catastral. En el caso de aquellos municipios cuya última revisión se hizo en plena burbuja inmobiliaria, puede implicar bajadas, ajustándose a los precios actuales del mercado. En todos los casos, los municipios que han entrado en esa revisión lo han solicitado, formalmente, antes del 31 mayo de 2016. No obstante, no son los únicos en los que se aplicarán esos coeficientes, sino que habrá algunos más. Los que se han acogido a las medidas urgentes contra la morosidad de las administraciones públicas y de apoyo a entidades locales con problemas financieros, previstas en el real decreto ley 8/2013, entrarán automáticamente en la revisión, para intentar cuadrar con el aumento de los ingresos vía impuestos sus cuentas.

 


 

BOE 1 DE OCTUBRE DE 2016

03/08/16 BOJA Orden de 18 de julio de 2016, por la que se aprueban los coeficientes aplicables al valor catastral para estimar el valor real de determinados bienes inmuebles urbanos a efectos de la liquidación de los hechos imponibles de los impuestos sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados y sobre sucesiones y donaciones; se establecen las reglas para la aplicación de los mismos y se publica la metodología seguida para su obtención.

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

Boletín número 148 de 03/08/2016

1. Disposiciones generales

Consejería de Hacienda y Administración Pública

Orden de 18 de julio de 2016, por la que se aprueban los coeficientes aplicables al valor catastral para estimar el valor real de determinados bienes inmuebles urbanos a efectos de la liquidación de los hechos imponibles de los impuestos sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados y sobre sucesiones y donaciones; se establecen las reglas para la aplicación de los mismos y se publica la metodología seguida para su obtención.



NUESTRO COMENTARIO:
 
Esta revisión al rebajar el coeficiente disminuirá los impuestos que se pagan al vender un bien inmueble urbano.
 
La revisión se lleva a cabo tras varios años en los que los coeficientes han estado muy por encima de lo debido cuando en realidad el valor de mercado no hacía más que bajar de forma abismal.
 
En el año 2007 el coeficiente para Valencina era 3,10
En el año 2008 el coeficiente para Valencina era 3,00
En el año 2009 el coeficiente para Valencina era 2,90
En el año 2010 el coeficiente para Valencina era 2,90
En el año 2011 el coeficiente para Valencina era 2,80
En el año 2012 el coeficiente para Valencina era 2,70
En el año 2013 el coeficiente para Valencina era 2,52
En el año 2014 el coeficiente para Valencina era 2,55
En el año 2015 el coeficiente para Valencina era 1,92 
En el año 2016 el coeficiente para Valencina es   1,79

No obstante recordar que el Ayuntamiento de Valencina ha subido el valor catastral de los inmuebles urbanos un 10% . Solo hay que comprobar el recibo del I.B.I.