09/02/08 MÁS SOBRE LA FLEXIBILIZACIÓN DEL POTA

El nuevo marco urbanístico en Andalucía

La Junta devalúa con un decreto su propia normativa territorial
Todos los municipios con menos de 10.000 habitantes podrán incrementar su población entre un 40% y un 60% · La ratio demográfica para las VPO será inferior a los pisos libres· El suelo industrial no tendrá límites

Carlos Mármol / SEVILLA Actualizado 09.02.2008 - 05:03

Por decreto, y bajo el paraguas del pacto institucional por la vivienda -cocinado apenas unos meses antes de las inminentes elecciones autonómicas-, la Junta de Andalucía ha decidido abrir definitivamente la mano y relajar los polémicos límites urbanísticos impuestos a los municipios andaluces en el Plan de Ordenación Territorial de Andalucía (POTA) por mandato del Parlamento andaluz. Y lo ha hecho de forma parcial -para las localidades cuya población no supere las 10.000 personas, precisamente aquellos términos en los que los problemas de presión urbanística son mayores- y con ciertos mecanismos administrativos de control, pero renunciando en buena parte a los argumentos sostenidos desde hace más de un año y -formalmente hablando- orillando las resoluciones de la Cámara andaluza. Oficialmente, todos los cambios han sido acordados con la Federación de Municipios y Provincias de Andalucía (FAMP) y con otros grupos y agentes económicos.
El texto legal que autoenmienda parcialmente al POTA, pero sin derogarlo, apareció este jueves en el BOJA. Su aplicación rige por tanto a partir de ayer, lo que significa que el cinturón de contención urbanística del Plan Territorial de Andalucía ha pasado a ser bastante más holgado, esencialmente para las localidades cuyo crecimiento en los últimos años ha sido más discreto. El decreto, que aborda también otras cuestiones claves de política urbanística, regula esta flexibilización en su disposición adicional segunda, donde emite unos 'criterios' para medir la adecuación de los planes generales 'al modelo de ciudad' establecido en el POTA. En su formulación, estos criterios son los que Diario de Sevilla publicó en exclusiva en noviembre: barra libre para la calificación de suelo industrial, aplicación de una ratio de vivienda -a efectos de autorización de los nuevos crecimientos urbanos- distinta en el caso de las VPO y, sobre todo, una 'modulación de los límites de crecimiento del Plan Territorial' en función de la población de los distintos términos municipales, aunque siempre sin superar la barrera de los 10.000 habitantes. Tres supuestas excepciones puntuales que, por la vía de los hechos consumados, vienen a cambiar una parte del argumentario que subyacía bajo el POTA.
Este último punto es el que más dará que hablar. Sobre todo por cómo se argumenta desde la Junta: en teoría, la causa de esta flexibilización no son las presiones de la patronal -que amenazó con romper la concertación social- ni de los ayuntamientos, la mayoría gobernados por el PSOE, sino la voluntad de la Junta de 'potenciar la utilización de los equipamientos existentes' en los municipios. Esto es: según la tesis oficial, el POTA no se enmienda por el convencimiento de la Junta de que su formulación inicial era demasiado rígida, sino para que los ayuntamientos puedan rentabilizar los equipamientos existentes con más población.
Con independencia de la solidez de este argumento, lo trascendente es la 'modulación' de los límites existentes, que eran del 40 por ciento en lo que a la calificación de suelo se refiere y del 30 por ciento con respecto a la población. Ambos parámetros se fijaban para un periodo máximo de ocho años. Ahora, en aquellos municipios que no hayan crecido más de un 10,2 por ciento (la media andaluza), estos límites se aplicarán con tres parámetros distintos. Los municipios de menos de 2.000 habitantes podrán crecer más de un 60 por ciento. Los municipios de menos de 5.000 vecinos y más de 2.000 podrán incrementar su población un 50 por ciento. Finalmente, los municipios con más de 5.000 y menos de 10.000 empadronados podrán crecer un 40 por ciento. El decreto no explica claramente si estos porcentajes se aplicarían sobre suelo urbanizable o sobre población, aunque de su redacción se deduce el segundo extremo, ya que la contención en suelo urbanizable ya era de un 40 por ciento en el POTA.
De todas formas, la Junta extiende la excepción también a los municipios de menos de 10.000 habitantes que hayan crecido por encima del 10,2 por ciento, aunque lo condiciona a que 'en cada caso estén garantizadas las dotaciones, equipamientos, servicios e infraestructuras que establezca la legislación vigente'. No se explica cómo ni dónde se evaluará dicha adecuación, aunque es de suponer que este punto sea objeto de análisis de las nuevas comisiones de control territorial, el organismo administrativo por el que tendrán que pasar todos los planes generales de los municipios andaluces.
Como ya se avanzó en su día, los suelos industriales no computarán a partir de ahora a la hora de calificar suelo en los planes de ordenación, lo que deja sin validez el límite del 40 por ciento de crecimiento en suelo incluido en la formulación inicial del POTA. El argumento de la Junta para promover este cambio es 'potenciar el desarrollo económico'.
Con la vivienda protegida la Junta hace la tercera y esencial revocación argumental con respecto al discurso del último año: el número de habitantes por vivienda computará con un coeficiente inferior al marcado, con carácter general, en función de la tipología de las viviendas protegidas. La Consejería de Obras Publicas, consciente de lo que supone tal medida -descafeinar de nuevo los límites al crecimiento con el cobijo de las promociones de vivienda protegida-, trata de compensar esta singular decisión con la prerrogativa de 'garantizar la implantación de los equipamientos públicos que se precisen mediante la inclusión de los mismos en la planificación correspondiente'. Curiosamente, esta última afirmación contrasta -por contradictoria- con la relativa a la necesidad de 'potenciar los equipamientos existentes', motivo con el que se justifica la flexibilización del POTA. Dicho de forma más simple: la Junta, en el caso de la VPO, se mantiene alerta para que estos incrementos poblacionales no supongan merma en las dotaciones públicas existentes. Pero, al mismo tiempo, al justificar las causas de abrir la mano en los límites de crecimiento urbanístico, paradójicamente da a entender que estos mismos equipamientos públicos, en teoría en riesgo de saturación debido a los nuevos crecimientos urbanísticos, son poco utilizados.

http://www.diariodesevilla.es/article/sevilla/50440/decreto/la/junta/deja/descafeinada/su/propia/normativa/territorial.html


Bolsas de suelo 'ajenas' a la ciudad para las VPO

Los consistorios y la Junta podrán 'sacar' de los PGOU terrenos siempre que la mitad de su edificabilidad sea protegida
Carlos Mármol / Sevilla Actualizado 09.02.2008 - 05:03

El decreto de la Junta que enmienda parcialmente el POTA incluye, en su capítulo tercero, un procedimiento de urgencia para que los ayuntamientos activen suelos para construir viviendas protegidas. Este mecanismo, que consiste en una serie de excepciones sobre la normativa administrativa vigente, busca dar salida a la situación que, sorprendentemente, provocó la propia Junta de Andalucía tras la promulgación de la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA), aprobada en 2002. En su disposición transitoria segunda, esta ley, después corregida de nuevo parcialmente por la normativa de Vivienda Protegida en Andalucía, establecía un plazo de cuatro años a partir del cual los ayuntamientos que no se hubieran adaptado a sus criterios no podrían 'aprobar modificaciones de planeamiento general que afectasen a la ordenación estructural, dotaciones y equipamientos' de una ciudad. Esta orden implicaba la paralización de facto de buena parte de la gestión urbanística en Andalucía a partir de diciembre de 2006 -cuando se cumplió el plazo oficial-, ya que tan sólo una mínima parte de consistorios se adaptaron a tiempo a la LOUA.
Se llegaba así a un callejón sin salida: la Junta obligaba a los ayuntamientos a acogerse a la nueva legislación, que no ha dejado de enmendar desde su promulgación, so riesgo de detener por completo sus proyectos de crecimiento. Pero, al mismo tiempo, les reclamaba suelos para impulsar la construcción de VPO. Terrenos que los consistorios sencillamente no podían liberar al carecer de documentos urbanísticos legales. La promesa electoral del PSOE de impulsar la construcción de pisos protegidos, hecha a raíz de los comicios autonómicos, peligraba. No tenía, físicamente hablando, dónde hacerse cierta.
De ahí que el decreto publicado en el BOJA regule con profusión, y de forma urgente, como debe realizarse la tramitación de las reservas de suelo (impulsadas por los ayuntamientos, pero también por la propia Junta) para construir VPO al margen de los planes generales. Esta fórmula es, paradójicamente, problemática porque viene a convertir las bolsas de suelo residencial protegido en hechos exógenos al marco global de la ciudad -tarea de los planes generales-, lo que puede dar lugar a todo tipo de problemas, además de volver, conceptualmente hablando, a la filosofía de los antiguos planes Actur de la época franquista, lo que supone, de forma tácita, cierto cuestionamiento sobre el propio planeamiento urbanístico. Un ejemplo de libro: la Isla de la Cartuja de Sevilla, planteada en su día como una bolsa de suelo ajena a la ciudad, circunstancia que, todavía hoy, da lugar a importantes y graves problemas de integración urbanística.

La nueva regulación establece que tanto los consistorios como la Junta destinarán a este régimen residencial de vivienda protegida un mínimo del 50 por ciento de toda la edificabilidad, o de todas las viviendas, que se hagan en las reservas de suelo ajenas al PGOU. Este porcentaje supera los índices de la ley del suelo estatal, aprobada en esta legislatura. Su consolidación pretende garantizar no sólo que los pisos sociales se construyan, sino que su vía administrativa no sea usada como recurso para implantar otras modalidades residenciales en estas zonas, aunque sí, indirectamente, en el ámbito global de la ciudad. A este respecto hay que tener en cuenta el contexto actual, en el que algunos promotores privados demandan una mayor flexibilización de los criterios de VPO -en especial en lo que se refiere a la densidad residencial y a los módulos- que les permita construir más que ahora y a un precio por metro cuadrado superior al actual, lo que incrementaría su margen empresarial y convertiría las nuevas VPO en pisos algo más caros, probablemente a precios similares a los que tenían en algunas urbes ciertas promociones de antiguas viviendas libres.

http://www.diariodesevilla.es/article/sevilla/50439/bolsas/suelo/ajenas/la/ciudad/para/las/vpo.html


Los municipios aprobarán el ajuste de sus PGOU a la ley de forma directa
Los ayuntamiento podrán incrementar la densidad y la edificabilidad en las VPO

C. Mármol / SEVILLA Actualizado 09.02.2008 - 05:03

La adaptación obligatoria de los planes generales a la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA) ha sido un fracaso. Esta situación ha generado además cierta incertidumbre sobre parte de la actividad urbanística prevista para los próximos años y, con ella, sobre las expectativas de determinados ayuntamientos e inversores en suelo. Casi todo lo construido en los últimos tiempos se ha hecho gracias a los planes vigentes o al amparo de recalificaciones, aunque esta vía quedó momentáneamente cerrada por la propia ley andaluza cuatro años después de su promulgación.
La Junta ha decidido ahora articular una fórmula para que los ayuntamientos puedan acogerse a la ley vigente, aunque con ciertos límites para que esta vía de reforma parcial de los planes generales en vigor no termine convirtiéndose en una gatera para seguir recalificando suelo sin respetar los criterios establecidos por el Parlamento. Esta hoja de ruta es la que se explica con detalle en el decreto publicado en el BOJA, donde también se establecen excepciones -significativas, en términos empresariales- a la obligación de tener reservar suelo para hacer VPO, además de modificar el sistema de control que ejercía la propia Junta (relativo a la evaluación de las modificaciones sustanciales de un Plan General).
En lo que se refiere a la reserva de suelo, la Junta exime de cumplir este trámite, previsto en su propia legislación, a todos los sectores de suelo que cuenten con una ordenación pormenorizada aprobada inicialmente antes del 20 de enero de 2007, así como a aquellas áreas (de una ciudad) que cuenten con esta fase pormenorizada (planeamiento de desarrollo) aprobada inicialmente al trámite de aprobación del documento marco de adaptación a la ley. Esta decisión probablemente dejará sin cumplir las obligaciones para hacer VPO que rigen para todos a las bolsas de suelo, adquiridas por propietarios privados o promovidas por operadores públicos, a las que las sucesivas reformas legales en materia de urbanismo les cogieran con el proceso de planificación detallada ya hecho.
Otro punto crítico en relación a la adaptación de los planes generales a la LOUA es el que se refiere a su tramitación. Hasta ahora, las modificaciones parciales de un plan que afectaban a la estructura de la ciudad debían ser aprobadas por los consistorios en primera instancia, pero ser sometidas posteriormente al control de la Junta. Desde este momento, las adaptaciones parciales, aunque serán revisadas por la comisión autonómico, podrán ser aprobadas directamente por los ayuntamientos, dada (según la nueva tesis de la Junta) su naturaleza 'no sustancial'. En todo caso, lo más llamativo es que, en el caso de la vivienda protegida, la Junta ya no considerará 'alteraciones sustanciales' las correcciones de edificabilidad y de densidad, -incluso ambos parámetros-, que sean necesarias para mantener el aprovechamiento urbanístico del planeamiento vigente en el momento de la adaptación. Este criterio, aunque el decreto no lo dice, implica la obligación para los equipos redactores de un PGOU, de incrementar también la edificabilidad de otros usos urbanísticos ajenos a la vivienda protegida, entre ellos los dotacionales, terciarios y los de vivienda libre; éstos dos últimos, lucrativos.

http://www.diariodesevilla.es/article/sevilla/50441/los/municipios/aprobaran/ajuste/sus/pgou/la/ley/forma/directa.html

08/02/08 LA FLEXIBILIZACIÓN DE LA FLEXIBILIZACIÓN DEL POTA. UN MODELO DE DISCRECIONALIDAD

ÉSTE FUE NUESTRO COMENTARIO EL 28 DE ENERO DEL 2008 SOBRE EL PACTO ANDALUZ DE LA VIVIENDA DESGRACIADAMENTE SEGUIMOS TENIENDO RAZÓN Y LAS COSAS SE VAN SUCEDIENDO TAL Y COMO NOS TEMÍAMOS:

EN EL PACTO ANDALUZ DE LA VIVIENDA NO SE DEJO SEÑALADO EL PRECIO MÁXIMO DE UNA VPO. UGT DIJO QUE NO LO FIRMARÍA SI EL PRECIO DE LA VPO SUPERABA LOS 150.000 EUROS, AUNQUE DESPUÉS FIRMÓ EL PACTO SIN QUE SE ESPECIFICARÁ NINGÚN PRECIO.

¿CONSEGUIRÁ LA CEA QUE EL PRECIO DE LA VPO SEA DE 210.000 EUROS COMO PEDÍAN?

YA HAN CONSEGUIDO QUE EN EL PACTO ANDALUZ DE LA VIVIENDA SE REFLEJE LA FLEXIBILIZACIÓN DEL POTA, QUE INCLUYE QUE LOS SUELOS DESTINADOS A DESARROLLOS INDUSTRIALES NO COMPUTEN DENTRO DEL LÍMITE DEL 40% DE SUELO URBANIZABLE QUE PUEDE INCREMENTARSE PARA UN PERIODO DE 8 AÑOS, ADEMÁS DE CONSEGUIR LA FLEXIBILIZACIÓN DEL LÍMITE DEL CRECIMIENTO POBLACIONAL POR ENCIMA DEL 30% ESTABLECIDO EN EL POTA PARA POBLACIONES DE MENOS DE 10.000 HABITANTES PARA EL MISMO PERIODO DE TIEMPO.

LA PATRONAL YA HA ANUNCIADO QUE NO RETIRARÁ SUS RECURSOS AL POTA.

¿CUANTO DURARÁ LOS MÁXIMOS ESTABLECIDOS POR LA JUNTA RESPECTO AL CRECIMIENTO POBLACIONAL DEL 40%, 50% Y 60% PARA AQUELLOS MUNICIPIOS DE MENOS DE 2000, 5000 Y 10.000 Y QUE HAYAN CRECIDO POR DEBAJO DE LA MEDIA DE ANDALUCÍA (10´2%) EN LOS ÚLTIMOS DECADA?

SI EL POTA SE LO CARGÓ LA JUNTA CON LA FLEXIBILIZACIÓN EN MENOS DE 11 MESES, IMAGÍNENSELO.


NUESTRO COMENTARIO HOY 8 DE FEBRERO DE 2008:

PUES BIEN YA HAN CONSEGUIDO QUE AQUELLOS PUEBLOS CON MENOS DE 10.000 HABITANTES QUE HAYAN CRECIDO POR ENCIMA DE LA MEDIA ANDALUZA (10´2) EN LA ÚLTIMA DÉCADA TAMBIÉN PUEDAN VERSE BENEFICIADOS ADUCIENDO:


“a los municipios de menos de diez mil habitantes que hayan superado el 10,2% de crecimiento en los últimos diez años, siempre que, en cada caso, estén garantizados las dotaciones, equipamientos, servicios e infraestructuras que establezca la legislación vigente”


La Junta de Andalucía impone la flexibilización del POTA por la vía de la discrecionalidad, al igual que ha hecho con las Áreas de Oportunidad del POTAUS y el Decreto del Golf.


¿Cual será la próxima flexibilización a discrección que ejercitará la Junta de Andalucía?

¿La subida del precio máximo de la VPO pedida por la CEA?


A continuación reflejamos detalle de la Disposición adicional segunda.

Fíjese bien en el apartado 2., pues no es más que el fiel reflejo de

la flexibilización de la flexibilización del POTA

que es lo que en realidad encierra el Plan Andaluz de la Vivienda.

Mientras el precio máximo de la VPO sigue sin especificarse.



BOJA Nº 27
7 DE FEBRERO DE 2008
Páginas nº 8 -14

CONSEJERÍA DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

DECRETO 11/2008, de 22 de enero, por el que se desarrollan procedimientos dirigidos a poner suelo urbanizado en el mercado con destino preferente a la construcción de viviendas protegidas.
Disposición adicional segunda.

Desarrollo de los criterios básicos para el análisis y evaluación de la incidencia y coherencia de los planes generales de ordenación urbanística con el modelo de ciudad establecido en el Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía.

1. Con el fin de potenciar el desarrollo económico que se pueda plantear en los municipios andaluces en el límite del 40% del crecimiento territorial de los Planes Generales no se computarán los suelos industriales.

2. Con objeto de potenciar la utilización de los equipamientos existentes, el límite establecido con carácter general al crecimiento en cada municipio para los próximos ocho años, se modulará para los municipios con crecimiento inferior al 10,2%, media de Andalucía en los últimos diez años, con los siguientes parámetros:


a) 60% para municipios con menos de 2.000 habitantes,
b) 50% para municipios entre 2.000 y 5.000 habitantes, y
c) 40% para municipios entre 5.000 y 10.000 habitantes.

Estos criterios de modulación podrán aplicarse, según los tramos poblacionales establecidos, a los municipios de menos de diez mil habitantes que hayan superado el 10,2% de crecimiento en los últimos diez años, siempre que, en cada caso, estén garantizados las dotaciones, equipamientos, servicios e infraestructuras que establezca la legislación vigente.

3. En todas las actuaciones urbanísticas con destino mayoritario a vivienda protegida la Administración Autonómica garantizará la implantación de los equipamientos públicos que se precisen mediante la inclusión de los mismos en la planificación correspondiente y, a los solos efectos establecidos en esta norma, se computará el número de habitantes por vivienda con un coeficiente inferior al marcado con carácter general en función de la tipología de las viviendas protegidas.

4. Para la determinación del parámetro de crecimiento de población se referirá el dato de población existente para el conjunto de municipios de Andalucía al momento de la aprobación definitiva de la revisión o nueva redacción de cada Plan General de Ordenación Urbanística.



El enésimo retoque del POTA
Laura Blanco

Hoy entra en vigor una de las normas fundamentales para hacer efectivo el Pacto por la Vivienda. El decreto que agiliza los trámites para que los ayuntamientos saquen suelo al mercado impone excepciones al discutido POTA, de las que se benefician la mayoría de los pueblos pequeños.

Aunque la Junta de Andalucía ha evitado en todo momento hablar de flexibilización de la norma urbanística que más la enfrentó a la patronal, la negociación del Pacto por la Vivienda con los ayuntamientos y los empresarios llevó a matizar las limitaciones que el Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía (POTA) establece, según la cual los municipios andaluces no podrán crecer en territorio más del 40% y en población más del 30% durante los próximos ocho años.

En el Pacto por la Vivienda ya quedó claro que los suelos industriales no computarían en la limitación al crecimiento del territorio y que los municipios de menos de 10.000 habitantes quedaban exentos de la limitación del 30% para el crecimiento de su población siempre que contaran con equipamientos suficientes para asumir más habitantes y que en la última década hubieran crecido por debajo de la media andaluza (10,2%).

Sin embargo, el texto definitivo del decreto –aprobado por el Consejo de Gobierno el pasado 22 de enero y publicado ayer en el BOJA– permite aplicar esta excepción también a los municipios pequeños que hayan crecido por encima de esa media del 10,2% “siempre que, en cada caso, estén garantizados las dotaciones, equipamientos, servicios e infraestructuras que establezca la legislación vigente”.

En Andalucía hay 625 pueblos de menos de 10.000 vecinos. La Consejería de Obras Públicas fijó alrededor de 500 los que podrían beneficiarse de la excepción, contando sólo los que habían crecido en los últimos diez años por debajo de la media andaluza. Con el decreto definitivo, la Consejería no cree que la cifra de municipios beneficiarios aumente mucho. Sin embargo, se ha resistido hasta el último momento a introducir lo que califica de “salvaguarda” para que localidades preparadas para asumir más población no queden fuera.

Si el POTA ha sido el proyecto legislativo más complejo para la titular de Obras Públicas, Concepción Gutiérrez, el decreto que abre la vía a una nueva reinterpretación llega a un mes de las elecciones y con la Consejería en manos del que fuera su viceconsejero, Luis García, tras la renuncia de Gutiérrez para optar a un escaño en el Congreso. De hecho, la información sobre la aprobación del Decreto en Consejo de Gobierno fue la última comparecencia pública de Gutiérrez como consejera. Allí explicó que los nuevos límites al crecimiento poblacional quedaban en el 40% para los pueblos de 5.000 a 10.000 vecinos, el 50% para los de 2.000 a 5.000 y el 60% para los menores de 2.000.

http://www.correoandalucia.com/noticia.asp?idnoticia=4424170100095091097424170

03/02/08 LOS COLECTIVOS MÁS INFLUYENTES











03/02/08 EL OLVIDO DE UN PRECURSOR

El olvido de un precursor

El Ayuntamiento quiere recuperar la figura de Francisco María Tubino, el primer historiador que difundió el valor del dolmen de La Pastora hace ahora 140 años

Trinidad Perdiguero , Valencina de la Concepción
03.02.2008 - 05:01

Cuenta Teresa Ruiz, edil de Patrimonio de Valencina, que en su casa se vivió como una fiesta el día que, después de muchas búsquedas, contactó con los descendientes de Francisco María Tubino. No es para menos. El olvidado erudito del XIX, editor del periódico La Andalucía, no sólo ha sido una inspiración para ella como arqueóloga -la vocación le vino de niña, observando las excavaciones en su pueblo-, sino que fue el primero en estudiar y lanzar al mundo en artículos y conferencias -viajó a París y a Dinamarca para hablar de Valencina- el valor del dolmen de La Pastora, que hoy es seña de identidad del municipio y recibe hasta 10.000 visitas al año, previa cita en la Casa de la Cultura. Pero, por alguna razón inconcreta, en los estudios posteriores a Tubino "se le hizo el vacío y ni se le cita", se lamenta Ruiz.

Cuando se cumplen 140 años de su primera visita, en 1868, al yacimiento, Valencina ha querido que la recuperación de su figura sea el eje de las V Jornadas de Arqueología y Prehistoria, que se celebrarán a lo largo del mes de febrero. Los días 9 y 10 habrá conferencias y más visitas guiadas al dolmen y el 16 y el 17, una empresa especializada organizará talleres para que los niños puedan construir cabañas, usar las herramientas y disparar flechas como en la era del cobre.

La cita pretende ser, además, el punto de partida para un nuevo enfoque del patrimonio local, que lo conviertan no sólo en una vaga conciencia o una complicación a la hora de realizar obras, sino en un activo para el municipio. La edil lo explicaba ayer en el esbozo de calle que, desde la congestionada A-8077, lleva a la entrada de La Pastora y a la torre de Axion, más impactante -que no impresionante- que el túmulo.

A partir del sábado llevará el nombre del periodista e historiador que, cuando la arqueología no existía como disciplina en sí misma, ya envió algunas piezas al recién inaugurado Museo Arqueológico Nacional y un artículo sobre La Pastora que se publicó, con todo lujo de detalles, en La Gaceta de Madrid. Al acto de rotulación de la vía asistirán sus familiares, que viajarán desde Madrid y Jaén. Se soltarán 140 palomas, una por cada año de investigación arqueológica en Valencina, en los que se han descubierto otros muchos dólmenes y piezas que dan fe de la importancia que durante más de 1.500 años tuvo el asentamiento.

Aunque lo más novedoso es que en la misma calle el Ayuntamiento pretende construir un centro de interpretación arqueológica. El proyecto ya está sobre la mesa de otras administraciones para que se impliquen en su financiación y hay buenas perspectivas. Se ha convertido en el gran reto del equipo de gobierno local y en el "compromiso" al entrar en política de esta arqueóloga, que ha excavado los dólmenes y muchos solares del municipio, pero que ha padecido el "miedo" a que la presión inmobiliaria o la nueva autovía de Camas a Olivares arrasen la zona. "Es el momento de cambiar las cosas", insiste. El leit motiv del centro de interpretación será que los visitantes no sólo puedan ver, sino tocar y trabajar con las herramientas, como sus ancestros. Convertir la teoría prehistórica en práctica.

Aunque para disfrutar del legado de Valencina no hay que esperar tanto. Su pequeño museo arqueológico, catalogado desde abril en la red oficial de la Junta, ya es un buen ejemplo del patrimonio que aflora a cada paso. Una maqueta resume lo que fueron los poblados en la zona. El mar de adosados que circunda hoy a Valencina era el estuario del Guadalquivir. En el poblado se cultivaba, se cazaba, se sacaba agua de pozos de hasta diez metros de profundidad excavados con herramientas rudimentarias y se fundía el cobre.

Como vestigio de esa forma de vida han quedado utensilios de piedra, hueso y metal y ajuar de cerámica. Entre ellos, un plato que ya se restauró hace miles de años abriendo cuatro agujeros y uniéndolos con cuerda. También destacan los ídolos en pizarra y la reconstrucción de sus modestísimas chozas de cañas y barro.

Pero nada como sumergirse en el corredor de más de 45 metros de La Pastora -el dolmen de Matarrubilla no es visitable en invierno- como hizo hace 140 años Tubino, del que José Gestoso se proclamaba discípulo pero que, al contrario que éste, aún no tiene calle en Sevilla. La propia arqueóloga que sirve del guía se pregunta por la visión del mundo de aquellos hombres que vivían tan modestamente pero empleaban tanta fuerza para construir algo tan grandioso para enterrar a sus líderes. Las hileras de pizarra siguen sosteniendo intactas las losas de piedra. Sólo los vanos intentos de los viejos aljarafeños por hallar los tesoros que la leyenda colocó en ninguna parte del monumental enterramiento han logrado partir algunas rocas.

http://www.diariodesevilla.es/article/provincia/45585/olvido/precursor.html

03/02/08


29/01/08 OBRAS PÚBLICAS APRUEBA UNA NORMATIVA DE PROTECCIÓN ARQUEOLÓGICA PARA VALENCINA QUE NO SE PODRÁ APLICAR


OBRAS PÚBLICAS APRUEBA UNA NORMATIVA DE PROTECCIÓN ARQUEOLÓGICA PARA VALENCINA QUE NO SE PODRÁ APLICAR


La normativa, aprobada por el pleno del Ayuntamiento de Valencina el 21/09/06 y tramitada como una modificación puntual de las Normas Subsidiarias, no fue sometida la preceptiva información pública para alegaciones de los afectados.


El pasado 18 de Enero el BOJA publicó una corrección de un error en la publicación de la aprobación definitiva del BOJA de 4/10/2007, que se incluyó, en el anexo, un articulado de la normativa que no correspondía al aprobado en el citado pleno de la Corporación municipal de Valencina. En dicha aprobación definitiva, la Delegación de Obras Públicas no advirtió el error cometido por el Ayuntamiento de Valencina, que le remitió la normativa, sin someterla a información pública, según determina preceptivamente el artículo 32.1 3ª de la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía, si bien, el texto de la disposición, decía que el Ayuntamiento había cumplido con los requisitos de publicidad del citado articulo de la LOUA, cosa totalmente incierta como se puede comprobar examinando el Expediente. Este requisito es preceptivo y fundamental, sin el cual, cualquier acto de aplicación de esta normativa arqueológica, puede ser recurrido por el particular, al que se la pretenda aplicar, con un porcentaje muy alto de obtener pronunciamiento judicial favorable. En este sentido la Ley de lo Contencioso-Administrativo, en su artículo 26.2, dice que “la falta de impugnación directa de una disposición general o la desestimación del recurso que frente a ella se hubiera interpuesto, no impiden la impugnación de los actos de aplicación”.

Valencina Habitable advirtió de este defecto, por escrito, hace más de tres meses, al Alcalde de Valencina, e interpuso ante la Delegación de Obras Públicas un recurso extraordinario de revisión, advirtiendo de la invalidez de la normativa, por contener una causa de nulidad de pleno derecho, que si no se corregía, en la práctica determina la imposibilidad de su aplicación efectiva. Ni el Ayuntamiento ni la Delegación de Obras Públicas han contestado nada al día de la fecha, a la vista de lo cual Valencina Habitable ha vuelto a recordarle, el Lunes, por escrito el asunto al Alcalde dada la gravedad que reviste el asunto y la pasividad demostrada por este equipo gobierno.

24/01/08 EL PICUDO ROJO AMENAZA EL ALJARAFE

El picudo rojo amenaza el Aljarafe

POR AMPARO BACA PÁEZ

Llegó a instalarse en las palmeras de España procedente de Egipto y ahora el picudo rojo no deja títere con cabeza, o más bien dicho, urbanización con palmera, en algunos municipios del área metropolitana.

Originario de las áreas tropicales del sudeste asiático y La Polinesia, el Rhynchophorus ferrugineus ya ha creado la alarma en una urbanización de Umbrete limítrofe con Bollullos de la Mitación, donde se cuentan por 30 las palmeras afectadas, mientras que en el municipio bollullero fueron unas 16 las infectadas a finales del pasado año, tres palmeras de titularidad municipal y 13 privadas. Una vez que se ha detectado la infección, la solución es bastante drástica, porque no hay otra que eliminar la palmera si no se quiere propagar el daño a otras especies.

Y es que este coleóptero de color anaranjado no da pistas de su existencia hasta que en el interior de la palmera se cuentan por cientos, consumiendo toda la materia orgánica de la copa hasta que dejan el ejemplar sin vida. Tan sólo algunas hojas pueden avisar tímidamente del daño al que están siendo sometidas, si bien se desprende un líquido viscoso con un olor fétido. Pero en la mayoría de los casos, es difícil descubrir la agresión a la que se somete al árbol. Tan sólo cuando la palmera se ha quedado sin alimentos, los picudos rojos la abandona.

Normalmente es la hembra, que tiene el pico liso, quien tiene la misión de introducirse en la palmera a través de la base de la corona, donde va haciendo perforaciones en busca de alimento. Es entonces cuando aprovecha los agujeros para insertar los huevos -amarillentos y alargados- en el tejido de la palmera. En esta fase, la planta está prácticamente perdida, puesto que de los huevos salen las larvas, se transformarán en capullos con fibras extraídas de la palmera y posteriormente aparecerán nuevamente los coleópteros adultos que copularán hasta que se pueda hablar de plaga.

Para evitar que los picudos rojos se propaguen de las palmeras afectadas a otras que están sanas, la técnica en jardinería del Ayuntamiento de Umbrete, Eva Díaz, explica que las principales medidas que se deben tomar en estos momentos es «evitar la poda de las palmeras», para que los coleópteros no se propaguen en el transporte de los restos, a no ser que se trituren con una máquina especializada para ello. Igualmente, en la prevención para evitar la expansión de la plaga es «posponer la plantación de palmeras» y eliminar las que han sido afectadas.

En Bollullos también se han tomado medidas en las 16 palmeras infectadas por picudos rojos, que llegaron al municipio a finales del año pasado, en palmeras infectadas de localidades vecinas, que fueron tiradas a la basura en vez de quemadas y terminaron en el centro comarcal de Residuos Sólidos Urbanos de Bollullos, donde se depositan los residuos de todos los municipios de la comarca. Por ello, es difícil detectar de dónde procede la infección. En este caso, el Ayuntamiento se encargó de erradicar las palmeras municipales, mientras que la Junta , avisada por el Consistorio, hizo lo propio con la de los particulares.

Aunque Espartinas no se ha visto afectada por esta plaga, se están tomando medidas de vigilancia y prevención contra el picudo rojo. La Junta dispone de un teléfono para todos aquellos que quieran obtener más información sobre este problema, 901 11 10 97. También se puede contactar a través del correo picudo@dap.es.

http://sevilla.abc.es/20080124/sevilla-sevilla/picudo-rojo-amenaza-aljarafe_200801240310.html



NUESTRO COMENTARIO AL RESPECTO DE DICHA NOTICIA:

Valencina Habitable ya advirtió del peligro del ataque del escarabajo rojo por la implantación de palmeras no autóctonas como elementos ornamentales en sus alegaciones a los PGOU de Benacazón, Bollullos de la Mitación, Bormujos, Espartinas, Valencina de la Concepción dentro del punto 4. EL TRATAMIENTO DEL PAISAJE EN EL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL del capítulo dedicado a las ALEGACIONES AL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL DE CADA DE DICHOS PGOU.

Le remitimos detalle de lo que aparece en todas y cada una de las alegaciones haciendo referencia del peligro existente, así como la relación de las páginas en que aparece dicho punto en las mencionadas alegaciones:

“El paisaje agrario, al que algunos denominan técnicamente un suelo antropizado, constituye en realidad no solo una huella ecológica para la fauna sino además un espacio verde natural frente al desarrollo de zonas verdes artificiales que se incluyen en los modelos de desarrollo urbanístico imperantes en la actualidad, con rotondas con olivos, encinas, para que nuestros hijos y nietos puedan contemplar algún vestigio de lo que fue el paisaje, perdón vegetación, del Aljarafe, e incluso nuestro patrimonio arqueológico, con algún sucedáneo de dolmen, que no tholos, como el actualmente existente en Castilleja de Guzmán ubicado en una zona verde dedicada a parque de juegos infantil, y eso con suerte, pues en materia de vegetación, se está poniendo de moda las rotondas con plantas ornamentales como las palmeras autóctonas de Túnez, que sufren el ataque de un escarabajo que afecta también a las palmeras autóctonas españolas con las que puede acabar.”

ALEGACIÓN PGOU DE BENACAZÓN: PÁG Nº 25 Y 26

ALEGACIÓN PGOU DE BORMUJOS: PÁG Nº 26 Y 27

ALEGACIÓN PGOU DE BOLLULLOS DE LA MITACIÓN: PÁG Nº 20 Y 21

ALEGACIÓN PGOU DE ESPARTINAS: PÁG Nº 7 Y 8 (*)

ALEGACIÓN PGOU DE VALENCINA DE LA CONCEPCIÓN: PÁG Nº 61 Y 62 (**)

(*) EN EL CASO DE ESPARTINAS SE PRESENTARON DOS ESCRITOS DE ALEGACIONES. FUE EN EL SEGUNDO ESCRITO REFERIDO A LAS ALEGACIONES AL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL DEL PGOU EN EL QUE APARECE ESTA CUESTIÓN.

(**) EN EL CASO DE VALENCINA SE PRESENTARON TRES ESCRITOS DE ALEGACIONES. FUE EN EL SEGUNDO ESCRITO DENTRO DEL CAPÍTULO REFERIDO A LAS ALEGACIONES AL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL DEL PGOU EN EL QUE APARECE ESTA CUESTIÓN EN EL PUNTO Nº7.

19/01/08 El BOJA refrenda la norma de protección arqueológica


19/01/08 LA NORMATIVA DE PROTECCIÓN ARQUEOLÓGICA DE VALENCINA SERÁ RECURRIDA POR LA VÍA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

Las normas arqueológicas, ya sin errores, serán impugnadas

ABC
SEVILLA. La Normativa de Protección Arqueológica de Valencina de la Concepción fue publicada de nuevo ayer en el BOJA, con la inclusión de ocho artículos y la ampliación de uno de los ya existentes a consecuencia de los «errores» cometidos por la Delegación provincial de Obras Públicas y Transportes a la hora de aprobar y difundir este texto en octubre de 2007, toda vez que las organizaciones conservacionistas del municipio impugnarán el documento por la vía Contencioso-Administrativa al no haber sido expuesto a información pública el texto corregido.

El nuevo documento recogido por Europa Press, contempla 15 artículos para un texto aprobado el pasado otoño por la Comisión provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla a instancias del Ayuntamiento que Gobierna José Antonio Suárez (PSOE) después de la denegación acordada en 2006. El «error» de Obras Públicas habría sido la aprobación y difusión de un documento carente de ocho artículos y de la ampliación de su primer precepto según el informe preceptivo y «vinculante» elaborado por Cultura, según precisó el portavoz de la asociación Valencina Habitable, Eduardo Apellániz.

http://sevilla.abc.es/20080119/sevilla-sevilla/normas-arqueologicas-errores-seran_200801190317.html

216/01/08 UN PARKING PREHISTÓRICO

El ayuntamiento de Castilleja de Guzmán habilita como parking una zona donde se realizan excavaciones arqueológicas.

ISABEL MEDRANO - Castilleja de Guzmán (Sevilla) - 16/01/2008



El ayuntamiento de Castilleja de Guzmán ha habilitado un parking de vehículos en el túmulo del Dolmen de Montelirio, declarado bien de interés cultural. Al fondo de la imagen se ve una excavadora que desarrolla trabajos de intervención arqueológica en el dolmen, cuyo perímetro de protección originalmente llegaba hasta el actual parking. Este perímetro de protección fue reducido por la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía para hacer un centro comercial y más viviendas. Los ciudadanos de Castilleja de Guzmán y Valencina de la Concepción estamos en contra de que se maltrate nuestro patrimonio sistemáticamente en pro de un falso desarrollo económico.

http://www.elpais.com/yoperiodista/articulo/Periodista/Espana_Sevilla/Andalucia/arqueologia/ayuntamiento/coches/monumento/prehistoria/seguridad/Sevilla/urbanismo/yacimiento/dolmen/elpepuyop/20080116elpyop_1/Ies#?ctn%3DvotosC%26aP%3Dmodulo%253DEVN%2526params%253Did%25253D20080116elpyop_1.Ies%252526fp%25253D20080116%252526to%25253Dfoto%252526te%25253D%252526a%25253D5%252526ov%25253D18%252526anchor%25253Delpepuyop

16/01/08 RUEDA PRENSA ALEGACIONES POTAUS ALJARAFE HABITABLE





























11/01/08 PIDEN QUE SE ELIMINE EL ÁREA DE OPORTUNIDAD DE USO HOTELERO DE CASTILLEJA DE GUZMÁN











11/01/08 VALENCINA HABITABLE SE OPONE AL ÁREA DE OPORTUNIDAD DE USOS HOTELERO EN CASTILLEJA DE GUZMÁN

Ante noticia de la alegación presentada por el alcalde de Castilleja de Guzmán consistente en triplicar la superficie del Área de Oportunidad de uso hotelero que aparece en el documento del POTAUS, Valencina Habitable quiere reseñar lo siguiente:

Que el objeto desde dicho ayuntamiento de Castilleja de Guzmán es sacar adelante, utilizando la figura de Área de Oportunidad, el desarrollo urbanístico del sector norte contemplado en el PGOU aprobado inicialmente a pesar del Informe de Negativo de Incidencia Territorial que la Junta emitió del mismo en febrero del 2007. En dicho sector se contemplaba la construcción de 50.000 m2 de uso turístico y 17.000 m2 de uso terciario.

Que en el Informe Negativo de Incidencia Territorial que emitió la Junta de Andalucía al documento de aprobación inicial del PGOU manifiesta a este respecto lo siguiente:

'El Plan General no propone la creación de nuevos suelos que posibiliten la implantación de actividades productivas propiamente dichas, apostando, exclusivamente, por el uso turístico como la alternativa al residencial para diversificar la ciudad y no caer en la especialización de usos desaconsejada por el artículo 9. G de la LOUA y la Norma 45.2 del POTA. Por otra parte, el POTA establece una serie de directrices para la planificación de las áreas turísticas que en cierta medida han de tenerse en cuenta en el planeamiento urbanístico.
[53.3] Dimensionar la oferta y el uso del espacio turístico atendiendo a la capacidad de carga de los territorios y a las posibilidades reales de acceso a recursos naturales escasos, particularmente hídricos. Los nuevos desarrollos deberán justificar y garantizar las dotaciones necesarias en materia de agua y energía. A estos efectos se entenderá como capacidad de carga al conjunto de factores que permiten el uso turístico sin una excesiva presión sobre los recursos turísticos, y sin una alteración ecológica, territorial y paisajística inadmisible, disponiendo, a su vez, de los equipamientos, servicios e infraestructuras generales precisos para el desarrollo de la actividad y la atención de las demandas de la población.
[53.4] La planificación urbanística y territorial deberá alcanzar el mayor grado de coordinación con la planificación sectorial contenida el Plan General del Turismo Sostenible de Andalucía [SC-06] y sus instrumentos de desarrollo.

Analizando la previsión de la oferta de suelo turístico-terciario y las determinaciones de las determinaciones de la Directriz 53 del POTA y del artículo 17 de la LOUA se ponen de manifiesto las siguientes consideraciones:

- El Plan no justifica mínimamente el dimensionado de los suelos urbanizables con uso global turístico, que debería hacerse sobre la base de la propia capacidad de cara del territorio y de un estudio de las actividades complementarias que puedan avalar una oferta de instalaciones turísticas eminentemente residenciales. En este contexto, debe entenderse que se pretende satisfacer una posible demanda exógena de clara incidencia supramunicpal, circunstancia que tiene especial relevancia en función de la superficie clasificada de 240.780 m2 y su situación en un terreno de gran complejidad topográfica.

- Abundando en lo anterior expuesto, se pone de manifiesto que el Plan permite, genéricamente, el uso pormenorizado de apartamentos turísticos con un mínimo del 50% de la edificabilidad y un máximo del 85%, parámetros que podrían generar una edificabilidad superior a 50.000 m2 construidos destinados a un uso cuya implantación generalizada puede motivar una notable ampliación de la población real del municipio sin control desde el propio planeamiento, ya que al no limitarse las unidades de apartamentos queda indeterminada la posible capacidad poblacional del sector.

- Independientemente de lo anteriormente expuesto, debe indicarse que las determinaciones urbanísticas establecidas para el desarrollo del sector deben ajustarse a las exigencias del artículo 17 de la LOUA, que fija una edificabilidad máxima de 0,30 m2/m2 y unas dotaciones de áreas libres locales públicas mínimas del 20% de la superficie total del sector.”

Que además en el documento Anexo de Áreas de Oportunidad del Plan de Ordenación del Territorio de la Aglomeración de Sevilla (POTAUS) se establece la implantación en el término de Castilleja de Guzmán de un área de oportunidad de uso hotelero que invade 36.000 m2 del entorno de protección paisajística de los jardines de Forestier, que es un Bien de Interés Cultural.

Que en el BOJA nº 144, de fecha 26 de julio de 2005, que recoge el Decreto 162/2005, de 5 de julio, por el que se declara Bien de Interés Cultural, con la categoría de Monumento, la antigua Hacienda Divina pastora y la torre contrapeso, en Castilleja de Guzmán (Sevilla).

Que el artículo 18 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español (BOE de 29 de junio de 1985) dice “Un inmueble declarado Bien de Interés Cultural es inseparable de su entorno.” Así pues, le es aplicable al entorno de protección paisajística de los jardines de Forestier el Art. 19.3. de esta ley por ser un Bien de Interés Cultural que dice “Queda prohibida la colocación de publicidad comercial y de cualquier clase de cables, antenas y conducciones aparentes en los Jardines Históricos y en las fachadas y cubiertas de los Monumentos declarados de interés cultural. Se prohibe también toda construcción que altere el carácter de los inmuebles a que hace referencia este artículo o perturbe su contemplación”. Pero es más, el 14 de noviembre de 2007, el Parlamento de Andalucía aprobó la nueva Ley de Patrimonio Histórico de Andalucía, (Ley 14/2007 de 26 de noviembre) que fue publicada en el BOJA nº 248 de 19 de diciembre de 2007, y que hoy entra en vigor que recoge lo siguiente que es aplicable en este caso:

“Artículo 19. Contaminación visual o perceptiva.

1. Se entiende por contaminación visual o perceptiva, a los efectos de esta Ley, aquella intervención, uso o acción en el bien o su entorno de protección que degrade los valores de un bien inmueble integrante del Patrimonio Histórico y toda interferencia que impida o distorsione su contemplación.

2. Los municipios en los que se encuentren bienes inscritos en el Catálogo General del Patrimonio Histórico de Andalucía deberán recoger en el planeamiento urbanístico o en las ordenanzas municipales de edificación y urbanización medidas que eviten su contaminación visual o perceptiva. Tales medidas comprenderán, al menos, el control de los siguientes elementos:

a) Las construcciones o instalaciones de carácter permanente o temporal que por su altura, volumetría o distancia puedan perturbar su percepción.
b) Las instalaciones necesarias para los suministros, generación y consumo energéticos.
c) Las instalaciones necesarias para telecomunicaciones.
d) La colocación de rótulos, señales y publicidad exterior.
e) La colocación de mobiliario urbano.
f) La ubicación de elementos destinados a la recogida de residuos urbanos”.

Que si por eso fuera poco dicha área de oportunidad se contradice con lo que el mismo POTAUS establece como parte de los “Escarpes y Formas Singulares del Relieve” del Sistema de Protección del Territorio (Véase Plano del Sistema de Protección del Territorio en la página nº 128 de la Memoria de Ordenación del POTAUS).

Que bajo ninguna circunstancia es de recibo pretender justificar dicho desarrollo urbanístico como una expansión del casco urbano. Sólo hay que ver el desarrollo urbanístico que pretenden llevar a cabo ahogando entre edificios el dolmen de Montelirio, la disposición adicional segunda de la nueva ley de Patrimonio Histórico de Andalucía lo clasifica como BIC, en ese mismo municipio, en base a que se encuentra al lado de suelo urbano. Esa situación que ahora se está viviendo ha sido como consecuencia de ir destruyendo el área exclusiva de necrópolis del yacimiento calcolítico existente en Castilleja de Guzmán en base a extensiones del caso urbano.

Que el 30 de noviembre del 2007 Valencina Habitable presentó queja ante el Defensor del Pueblo Andaluz por la pretensión de implantar el área de oportunidad de uso hotelero que recoge el POTAUS dentro del entorno de protección de los Jardines de Forestier, que es un BIC, así como la presentación, el 26 de diciembre de 2007, en el Registro General de la Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía de un documento que recoge nuestras alegaciones al POTAUS en el que se alega, entre otras muchas cuestiones, que no se permita la implantación del área de oportunidad de uso hotelero recogido dentro del Anexo de Áreas de Oportunidad que se acompaña dentro del documento del POTAUS, ni de ningún otro tipo, dentro de dicho espacio protegido en el término municipal de Castilleja de Guzmán.

10/01/08 AL DIRECTOR GENERAL DE BIENES CULTURALES

CARTA AL DIRECTOR.

Al Director General de Bienes Culturales

Señor Director: El pasado 8 de enero ha entrado en vigor de la nueva Ley del Patrimonio Histórico de Andalucía, que junto a la Ley del Suelo, aprobada este verano, son los instrumentos necesarios para que usted, Sr. Romero, pueda resolver, de forma muy barata, el crimen que se va a perpetrar contra el Dolmen de Montelerio en Castilleja de Guzmán. Usted, D. Jesús, en la rueda de prensa que se celebró en la Delegación Provincial el pasado 20/07/07, a la pregunta del presidente de ADTA, sobre si había voluntad política de evitar el encajonamiento de Montelirio, usted respondió que eso “costaría una millonada y que Cultura no tenía dinero para ello”. La providencia ha querido poner en su camino estas dos nuevas leyes. La de Patrimonio le trae el regalo de Reyes de incluir, por fin, la regulación de la “contaminación visual o perceptiva”, y al respecto prohíbe “las construcciones o instalaciones de carácter permanente o temporal que por su altura, volumetría o distancia puedan perturbar su percepción”, refiriéndose a los bienes declarados BIC, como lo es el Dolmen de Montelirio con su túmulo incluido, que quedará ocultado al completo por un gran edificio, y que ahora, con la nueva ley, constituiría una ilegalidad. Y por otro lado la Ley del Suelo estatal, que, con los nuevos criterios de valoración, que considera rústicos los suelos no urbanizados, pese a que estén declarados urbanizables, que excluye de su justiprecio perspectivas de plusvalías y lucro cesante alguno, el precio resultaría irrisorio. El valor de los seis mil metros que Maribel Montaño minoró por su cuenta, le costaría a Cultura menos de dos millones de las antiguas pesetas, ya que es poco más de media hectárea de secano de cultivos herbáceos. Y, si no, pregunte a los expertos en expropiaciones por interés público. Sería un precio “irrisorio”, que es el calificativo que utiliza el propio sector inmobiliario, que se queja y que le pide al gobierno, con urgencia, que corrija la Ley Trujillo. Señor Romero no siga confundiendo al Defensor del Pueblo, tratando de justificar lo injustificable, porque el Director General que le antecedió en el cargo, D. Julián Martínez García, en su escrito de 4 de diciembre de 2001, prohibió, por injustificada, la disminución del área de protección que le proponía la Delegada Montaño, y que no obstante, ella, desoyendo la orden de no tocar nada, consumó esa reducción en el BOJA de 14/03/02, sin tener competencia para ello, y por tanto acto nulo de pleno derecho. ¿Usted Sr. Romero ampara esa actuación? Es al menos lo que se desprende de su último escrito al Defensor del Pueblo Andaluz, de 25/09/07, en el que elude pronunciarse sobre el informe de su antecesor, el Sr. Martínez, que es lo que el Sr. Chamizo le requirió.
Manuel R. Duarte
Valencina de la Concepción
10/01/2008 17:50

10/01/08 CASTILLEJA DE GUZMÁN QUIERE TRIPLICAR SU ÁREA DE OPORTUNIDAD DE USO HOTELERO




08/01/08 VALENCINA. Estudian gestionar con recursos propios la riqueza patrimonial

Estudian gestionar con recursos propios la riqueza patrimonial

ABC
SEVILLA. El Ayuntamiento de Valencina ha anunciado que gestionará con recursos propios la riqueza patrimonial del municipio, para lo que se valerá de la Ley del Patrimonio Histórico, aprobada por el Parlamento andaluz. Así, desarrollará programas en materia de investigación, protección, conservación, gestión y difusión del yacimiento arqueológico correspondiente a la Edad de Cobre y el Bronce antiguo, considerado como uno de los más importantes.

El alcalde, Antonio Suárez, no ha descartado la entrada del municipio en la participación de un posible Parque Cultural, al que Valencina aportará su patrimonio siempre que participe en su órgano de gestión, También está estudiando la creación de una Fundación que lleve el nombre del descubridor hace 140 años del Dolmen de la Pastora, Francisco María Tubino.

http://sevilla.abc.es/20080108/sevilla-sevilla/estudian-gestionar-recursos-propios_200801080312.html

04/01/08 Palomares Habitable denuncia que el Ayuntamiento no protege a los olivares de la localidad

Palomares Habitable denuncia que el Ayuntamiento no protege a los olivares de la localidad

Palomares Habitable ha denunciado que, por un lado, "el Ayuntamiento de Palomares del Río dice en la prensa que paga el traslado de los olivos que se están desmontando en una actuación urbanística, para preservarlos", pero "ese mismo gobierno, está promoviendo la reclasificación de la zona del Riopudio, una zona de olivares, protegida por motivos paisajísticos por el actual PGOU. Es además un paisaje que el Plan de Ordenación del Territorio (POTA) destaca por sus valores y lo incluye en el sistema de protección del territorio, al estar protegida por el PGOU".

El PGOU en trámite aprobado inicialmente propone urbanizar más de 80 hectáreas y construir unas 3.000 viviendas en ese espacio. La propuesta del nuevo gobierno parece que es ampliarla y ha logrado que la Junta NO la proteja en el Plan de Ordenación de la Aglomeración Urbana de Sevilla (POTAUS) hasta casi el arroyo Riopudio, más incluso de lo que propone el PGOU en trámite.

La excusa es construir viviendas de protección oficial. De momento, la Junta ha incluido en el POTAUS, un Área de Oportunidad Residencial de 1000 viviendas, de las que el 60 ó 70% serían de protección. Esto contrasta con las auténticas necesidades del pueblo, que una reciente encuesta, cifraba en 150 viviendas. Además el ayuntamiento de Palomares hace varios años, descalificó parcialmente para uso de VPO el sector de la calle Isla, donde se debían construir más viviendas de protección de las que en realidad se van a construir.

Todo ello demuestra que la operación del ayuntamiento, pagando el traslado de olivos, es sólo una operación de imagen. Sería creíble, si además de cuidar los olivos, protegiesen los olivares.

04/01/2008 15:00
http://aljarafe.blogia.com/2008/010405-palomares-habitable-denuncia-que-el-ayuntamiento-no-protege-a-los-olivares-de-la.php
NUESTRO COMENTARIO DE LA NOTICIA :

Cabe señalar que el POTAUS se pretende implantar en Palomares del Río un área de oportunidad de uso residencial con 1000 viviendas sobre 20 hectáreas aproximadamente que se localizan dentro del Área Rural a Cautelar de la Vaguada del Riopudio incluido en el Objetivo nº 7 “Proteger, integrar y mejorar el espacio agrícola” del apartado II. La Ordenación de los Usos Productivos, así como dentro del Área de Paisaje Agrario a Cautelar del Olivar del Aljarafe recogido en el Objetivo nº 9 “Mejorar la calidad del Paisaje y mejorar las Singularidades Físicas del Territorio” del apartado III Protección de los Recursos Naturales, Culturales y Paisajísticos” del documento de Objetivos del POTAUS del año 2000.

El caso es aún más significativo si se tiene en cuenta que el Plan General de Ordenación Urbanística (PGOU) actualmente vigente de Palomares del Río incluye como área protegida una mayor extensión superficial que lo que se recoge en el POTAUS, es decir el POTAUS en lugar de recoger dicha protección la recorta aún más. Lo cual nos hace pensar que a la hora de redactar el POTAUS no se ha tenido siquiera en cuenta las figuras de protección incluidas en los distintos planeamientos municipales vigentes.

¿Qué va a pasar con los cientos de olivos que arrasarán con el área de oportunidad de uso residencial que el POTAUS ha otorgado a Palomares del Río?

04/01/08 Las Propuestas al Documento de la Memoria de Ordenación del Sistema de Protección Territorial del POTAUS del Ayto de Valencina

Las Propuestas al Documento de la Memoria de Ordenación del Sistema de Protección Territorial , Red de Espacios Públicos, Parque y Ríos del POTAUS Ayuntamiento de Valencina de la Concepción se pueden descargar en la siguiente dirección:

http://www.valencinadelaconcepcion.es/index.htm

02/01/08 El Ayuntamiento de Valencina de la Concepción anima a todos sus vecinos a exponer sus ideas en la elaboración del nuevo PGOU Valencina

El ayuntamiento de Valencina ha abierto la participación a los ciudadanos en asuntos de considerada relevancia, como se trata, en este caso, de la redacción del PGOU. Por ello, para que las distintas opiniones y sugerencias que puedan aportar los vecinos lleguen directamente a los redactores finales del Plan de ordenación, esta institución, a través de su delegación de Urbanismo, ha organizado una Mesa de Participación Ciudadana donde todos los ciudadanos de la localidad aljarafeña podrán expresarse sobre esta cuestión.

Esta Mesa comenzará su andadura el próximo 10 de enero, a las 20.00 en el salón de Actos de la Casa de la Cultura de Valencina de la Concepción. Para Antonio Suárez, alcalde de la localidad, con este dispositivo de participación “se busca que el PGOU sea un reflejo de lo que la ciudadanía quiera que se convierta Valencina en un futuro”.

La idea de participación ciudadana no es nueva para este equipo de gobierno, ya que, anteriormente, se creó otra mesa de trabajo común que tenía como objetivo la ordenación del tráfico. Los habitantes de la localidad aportaron más de 100 escritos entre sugerencias y opiniones, datos que reflejan que la participación vecinal fue importante.

Otras de las operaciones por la cual el Ayuntamiento fomentará la participación es la habilitación de un buzón virtual de sugerencias encuadrado en la página web www.valencinadelaconcepcion.es.

31/12/2007 LA CARTA QUE NO SE ESCRIBIÓ

LA CARTA QUE NO SE ESCRIBIÓ

Alguien, sabiendo mi vieja afición a escribir Cartas al Director, con las que trato de expresar mi opinión respecto a pequeños o grandes problemas que afectan a mi entorno y, con las que unas veces molesto a unos para regocijo de los otros y, viceversa, me pide, en un foro, que haga una carta “hablando de los entresijos de lo que está pasando en este pueblo y que parece que el Alcalde no quiere darse por enterado”. De lo que se me pide que escriba y critique, podría tener, no para una carta, sino para un libro. Podría hablar de un Alcalde mal asesorado desde dentro -como prueba los reveses que órganos judiciales y administrativos dictan contra acuerdos del Ayuntamiento- y sin embargo, se resiste, o desconfía, en recibir consejos de asociaciones ciudadanas o de personas, que con buena voluntad y conocimientos, intentan que no se siga errando, -que se continua haciéndolo- y que propiciará, a buen seguro, más varapalos administrativos y judiciales en el futuro. Esta vez recaerán por actos, de acción u omisión, de este equipo de gobierno, al que se le exigirán responsabilidades, y a los que no valdrán excusas de bisoñez en la cosa pública. Alguien, incluso, se lamentará de no haber escuchado a tiempo. Es más, podría hablar de que mi Alcalde, pienso, está en metamorfosis, en cuyo proceso se está dejando a raudales dosis de simpatía y credibilidad que en principio generó en el pueblo, para dar paso al sentimiento contrario a paso acelerado. Pienso que mi Alcalde está cautivo de su propio pasado, del que ha pretendido liberarse, y al que no están dejando hacerlo. Estas son razones suficientes, entre otras, como para rechazar escribir, como se me pide, sobre los entresijos de lo que está pasando de verdad en mí pueblo y sobre la presunta “sordera” de mi Alcalde. No puedo escribir esa carta, no puedo, al menos de momento, porque aún quiero pensar que puede quedar algún resquicio para la esperanza.
MANUEL R. DUARTE
VALENCINA (Sevilla)
http://www.publico.es/estaticos/pdf/

30/12/2007 Conservacionistas denuncian los crecimientos previstos en el Aljarafe

Conservacionistas denuncian los crecimientos previstos en el Aljarafe

ABC
SEVILLA. La Asociación para la Defensa del Territorio del Aljarafe (ADTA) ha lamentado que el Plan de Ordenación de la Aglomeración Urbana de Sevilla (Potaus) permita el desarrollo del 70 por ciento del «suelo urbano actual», dejando «vía libre» a un crecimiento «desmesurado e insostenible».

Según dijero a Efe fuentes de ADTA para valorar la ampliación del plazo de presentaciones hasta el 15 de enero, en la denominada Gran Sevilla «está preparado para construirse el 60 por ciento del suelo urbano actual», porcentaje que se incrementa hasta el 70 por ciento con el Potaus.

Considera que el suelo disponible «en la actualidad» resulta «suficiente para construir entre 270.000 y 370.000 viviendas», es decir, «más de la mitad de las 550.000 que ya hay y mucho más de las necesarias en los próximos años».

El Potaus, según denuncian, eleva ese suelo urbanizable hasta más del 70 por ciento del suelo urbano actual, «a lo que habrá que añadir los suelos que clasifiquen los PGOU municipales, sobrepasando el tope de 40% establecido por el POTA». Al tiempo señalan que las Áreas de Oportunidad», propuestas son «un mecanismo legal excepcional» para «subvertir los límites del crecimiento impuestos por las normas».

http://sevilla.abc.es/20071230/sevilla-sevilla/conservacionistas-denuncian-crecimientos-previstos_200712300306.html

29/12/2007 VALENCINA RECLAMA FORMAR PARTE DEL ÓRGANO QUE GESTIONARÁ EL PARQUE DE LOS DÓLMENES


18/12/2007 CARTA AL DIRECTOR "LA GRAN INCÓGNITA"

CARTA AL DIRECTOR.

La gran incógnita


El pasado 13 de diciembre se firmó el Pacto de la Vivienda de Andalucía entre la administración autonómica y los diversos agentes sociales. La prensa al día siguiente recogió profusamente una amalgama de datos y cifras, algunas astronómicas, referidas a dicho Pacto: por un lado las 700.000 viviendas que se compromete aconstruir la Junta de Andalucía en 10 años, 300.000 de ellas serán VPO; por otro lado la dotación de la inversión para llevar a cabo la construcción de esas viviendas, más de 17.000 millones de euros. Incluso se detalla el número de VPO que se destinarán por tramos de renta: 200.000 VPO serán para ingresos brutos entre 600 y 1.500 euros al mes; 40.000 VPO para ingresos entre 1.500 y 1.200 euros; 40.000 viviendas para ingresos brutos entre 2.100 y 3.200 euros; y 20.000 viviendas y alojamientos para familias en riesgo de exclusión social. Pero de lo que no se hace mención alguna por ninguna parte es de cuál será el precio máximo de la VPO que tendrán que pagar los andaluces. UGT manifestó que no firmaría el Pacto si el precio VPO superaba los 150.000 euros. Sr. Chaves ¿Es ése el nuevo precio o por el contrario la patronal ha conseguido, a cambio de firmar el Pacto, que se incremente aún más? El precio de la VPO es la gran incógnita pendiente de resolver.
Eduardo Pablo Apellaniz Bastero
Valencina de la Concepción



ESTA CARTA HA SIDO PUBLICADA POR:

EL PAÍS 22 DE DICIEMBRE DE 2007 CON EL TÍTULO "EMPRESARIOS ANDALUCES Y VPO"
EL MUNDO 21 DE DICIEMBRE DE 2007 CON EL TÍTULO "GRAN INCÓGNITA DEL PACTO DE LA VIVIENDA"
ABC EL 18 DE DICIEMBRE DE 2007.
LA RAZÓN. 18 DE DICIEMBRE DE 2007, AUNQUE INCOMPLETA Y CON EL TÍTULO 'LA GRAN LAGUNA DEL PACTO DE LA VIVIENDA DE CHAVES'
METRO EL 19 DE DICIEMBRE DE 2007.
ALJARAFEHOY.COM 18 DE DICIEMBRE DE 2007

13/12/07 EL MUNDO VALENCINA HABITABLE EXIGE AL ALCALDE QUE CUMPLA SU PROMESA DE ALEGAR AL POTAUS


18/12/2007 VALENCINA LOS VECINOS EXIGEN MÁS PARTICIPACIÓN CIUDADANA


17/12/2007 NOTA DE PRENSA DE VALENCINA HABITABLE

NOTA DE PRENSA:

Cuando falta una semana para que termine el plazo para la alegaciones al POTAUS el alcalde de Valencina, a pesar de las reiteradas peticiones realizadas, no ha facilitado a los ciudadanos las propuestas a los Sistemas de Protección Territorial y la Red de Espacios Públicos, Parques y Ríos del POTAUS que el equipo de gobierno entregó a finales de septiembre a la Consejería de Obras Públicas.

El alcalde se comprometió además a adjuntar a dicho documento las propuestas presentadas por las asociaciones, colectivos y ciudadanía en general al documento expuesto en las mesas de Participación Ciudadana celebradas al respecto el 25 de julio y 27 de agosto de 2007 en el Salón de Actos de la casa de la Cultura.

Ante la falta de respuesta por parte del alcalde, que dista un abismo del compromiso y del concepto esgrimido a este respecto durante su campaña electoral, nos preguntamos si es esa la Participación Ciudadana real y efectiva que pretende para los vecinos de Valencina.
PLATAFORMA CIUDADANA VALENCINA HABITABLE
LOS SIGUIENTES MEDIOS SE HAN HECHO ECO DE ESTA NOTA DE PRENSA:
EL CORREO DE ANDALUCÍA 18 DE DICIEMBRE DE 2007.
EL MUNDO 18 DE DICIEMBRE DE 2007.
ALJARAFEHOY.COM 18 DE DICIEMBRE 2007
ALJARAFE24H.COM 18 DE DICIEMBRE 2007.

11/12/2007 Celebrada la reunión sobre el POTAUS y el ESPACIO LIBRE convocada ADTA












Celebrada la reunión sobre el POTAUS (Plan de Ordenación del Territorio de la Aglomeración Urbana de Sevilla) y el ESPACIO LIBRE convocada por ADTA.

11 diciembre 2007. Adta.

Ayer se celebró en el Parque del Alamillo la reunión sobre el POTAUS y los ESPACIOS LIBRES convocada por ADTA (Asociación para la Defensa del Territorio del Aljarafe).

Intervinieron varios representantes de colectivos y ciudadanos, que expresaron su acuerdo con los principios enunciados en el documento respecto al Espacio Libre, pero pusieron de manifiesto diversas deficiencias y contradiciones, como la insuficiente protección del suelo No Urbanizable y la insuficiencia de la cartografía.

Pero sobre todo, se pusieron de manifiesto las contradiciones entre la ordenacion propuesta y los principios contenidos en POTA (Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía) y en el mismo POTAUS, del modelo de ciudad compacta y diversa no conurbada, de dar continuidad al espacio libre a través de ejes de conexión de suficiente amplitud, de proteger los ríos y de respetar los espacios protegidos por los planes generales municipales.

Se pusieron de manifiesto también las contradiciones de algunas Áreas de Oportunidad con los principios contenidos en el POTA y en el POTAUS. Destacan en ese sentido por su enorme dimensión, en el Aljarafe, las del Almensilla, Huévar, Salteras, Sanlúcar y Umbrete.

ADTA








07/12/07 EL SIGNIFICADO POLÍTICO DE POTAR

EL SIGNIFICADO POLÍTICO DE POTAR

Potar es un término que utiliza nuestra juventud, para expresar el vómito que se produce cuando algo desagrada o cuando el organismo ha consumido algo en exceso. Se pota lo que sobra y provoca una reacción interna. La Junta sacó el POTA para regular un urbanismo que se le iba de las manos, y contaron a los siete vientos la necesidad de una ley que defendiera el territorio andaluz de un crecimiento desmedido y que había que parar la especulación y la corrupción: pero en solo 11 meses una serie de apariciones públicas han hecho cambiar el discurso de Manuel Chaves y de Concepción Gutiérrez : ahora hablan de flexibilizar, de que hay cosas que no computarán, de que el POTA es algo relativo. Algunas de estas apariciones son externas al PSOE: la patronal, que defiende sus intereses, y sin tener en cuenta los generales, reclama la desaparición del POTA; el PP que también tiene intereses en que el modelo urbanístico no se toque; y la sospechosa respuesta de Izquierda Unida, que tendría que haber puesto el grito en el cielo, al haber sido la impulsora de las limitaciones de crecimiento poblacional y de suelo urbanizable que aparecen en la ley. Pero lo que provoca el vómito, o el acto de Potar, no es un agente externo, sino la reacción química de agentes internos, en el propio organismo del PSOE: algunos alcaldes muy significados que se niegan a renunciar a las prebendas y fastos que el actual modelo les posibilita y que viven cautivos de proyectos inmobiliarios; las posiciones ambiguas de algunos miembros cualificados del partido, como José Antonio Viera, y sus variados proyectos alrededor de la Gran Sevilla; o Rodríguez de la Borbolla, y todo lo que rodea la Fundación Itálica, como gestora de un amplio Parque Cultural en un territorio, el Aljarafe Norte, con preocupantes presiones urbanísticas. Los problemas del urbanismo andaluz se mantienen vigentes; quizás más que devolver el POTA es necesario que el partido en el poder limpie su propio organismo, ese espacio confuso de luchas y grupos de poder con intereses particulares.

Agustin Navarro Gómez

Esta Carta ha sido publicada por AljarafeHoy.com, aunque con el texto incompleto. Arriba podrá observar en rojo negrilla lo que no han publicado.

http://aljarafe.blogia.com/2007/120707-carta-al-director.-el-significado-politico-de-potar-.php
TAMBIÉN EL MUNDO PUBLUCÓ ESTA CARTA EL 20 DE DICIEMBRE DE 2007

03/12/2007 POR LA BOCA MUERE EL PEZ

Aljarafe Hoy.com


CARTA AL DIRECTOR.


Por la boca muere el pez


Dice la Delegación de Cultura, en un escrito al Defensor del Pueblo Andaluz, que el Dolmen de Montelirio no es un Bien de Interés Cultural, sino un Bien Inscrito en el Catálogo General del Patrimonio Histórico de Andalucía con la categoría de Monumento y por tanto no le es de aplicación el artículo 17.3 de la Ley estatal de Patrimonio Histórico Español de 1985 –que prohíbe construcciones que “perturben su contemplación”- sino que le es de aplicación la Ley andaluza de 1991. Resulta que desde hace unos días, el Parlamento Andaluz ha aprobado una nueva Ley del Patrimonio Histórico de Andalucía, que entrará en vigor en breve, que según Cultura sí es de aplicación a Montelerio. Su artículo 19 titulado “Contaminación visual o perceptiva” dice que se prohíbe “toda interferencia que impida o distorsione su contemplación”. Y en su apartado dos insta a los municipios a que adopten “medidas que eviten su contaminación visual o perceptiva” y aclara, que entre estas medidas “estarán al menos el control de las construcciones o instalaciones de carácter permanente o temporal que por su altura, volumetría o distancia puedan perturbar su percepción”. ¿Acaso colocar un edificio de 11,2 metros con un Supermercado y otros servicios múltiples, justo delante del Dolmen de Montelirio, y un Geriátrico al otro lado, no es perturbar su percepción? Esta es una Ley, que sustituye y perfecciona a la de 1991, propuesta por el gobierno Chaves. ¿Y esta Ley es o no de aplicación al caso de Montelirio Sr. Bueno? Y no confunda diciendo que el monumento es sólo lo que hay debajo de tierra, pues como sabe Montelirio fue catalogado como Monumento especifico, con túmulo y área de protección incluidos, para su contemplación, y no como Zona Arqueológica, como pretende decir ahora para confundir al Defensor del Pueblo. Lo dicho, por la boca muere el pez, y usted queda mucho cuando no dice nada.


Manuel R. Duarte

Valencina de la Concepción




ESTA CARTA TAMBIÉN HA SIDO PUBLICADA POR:
EL CORREO DE ANDALUCÍA 3 de diciembre de 2007.
ABC 24 de noviembre de 2007.