12/10/07 VALENCINA HABITABLE HA PRESENTADO RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN A LA NORMATIVA DE PROTECCIÓN ARQUEOLÓGICA ERRÓNEAMENTE PUBLICADA.





VALENCINA HABITABLE

HA PRESENTADO

RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN

A LA NORMATIVA DE PROTECCIÓN ARQUEOLÓGICA

ERRÓNEAMENTE PUBLICADA EN EL BOJA.



La plataforma Ciudadana Valencina Habitable ha presentado ante la delegación provincial en Sevilla de la Consejería de Obras Públicas Recurso Extraordinario de Revisión contra la Resolución de 3 de septiembre de 2007, de esa Delegación Provincial de Sevilla de la Consejería de Obras Públicas y Urbanismo de la Junta de Andalucía (BOJA Nº 196 de 4 de octubre de 2007), por la que se dispone la publicación de la Resolución de la Sección de Urbanismo de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla de fecha 25 de enero de 2007, por la que se aprueba definitivamente la modificación de las Normas Subsidiarias del municipio de Valencina de la Concepción (Sevilla), sobre la normativa de protección arqueológica (Expte. SE-814/05) y se ordena la publicación del contenido de sus Normas Subsidiarias Urbanísticas, por las que se rige en esta material el citado municipio al carecer aún de un Plan General de Ordenación Urbana, basándose en los siguientes motivos:


-. Error de procedimiento, consistente en la ausencia de publicación de periodo de Exposición Pública tras la aprobación provisional en el que se contemplaban subsanaciones sustanciales.


-. Error de sustancia y contenido, debido a la publicación en el BOJA del articulado que en su día rechazado por la Delegación de Obras Públicas en lugar del articulado subsanado.



Solicitando que por parte de Obras Públicas proceda a anular dicha Resolución, y se retrotraiga dicho Expediente al momento en el que se produce la infracción al artículo 33.1 de la LOUA para someterse la modificación sustancial de la normativa urbanística a la preceptiva información pública que impone el citado precepto por adolecer la misma de nulidad de pleno derecho.


Para el caso improbable de que no sea acogida la citada anulación y retroacción del Expediente, la Resolución tiene que ser y en su lugar incluir el texto articulado aprobado por el Pleno del Ayuntamiento de Valencina de la Concepción el 21 de septiembre de 2006, que consta de quince artículos.


PRESENTACIÓN POR EL REGISTRO GENERAL DEL AYUNTAMIENTO DE VALENCINA DE ESCRITO DIRIGIDO AL SR. ALCALDE PRESIDENTE SOLICITANDO PLENO EXTRAORDINARIO URGENTE ANTE LA PUBLICACIÓN ERRONEA EN EL BOJA DE LA NORMATIVA DE PROTECCIÓN ARQUEOLÓGICA.


Escrito en el que se le informa de todo lo ya desarrollado en el punto uno, adjuntándole copia del Recurso Extraordinario de Revisión presentado, solicitando que el Sr. Alcalde, en base a las facultades que tiene conferidas, en nombre y representación de este Ayuntamiento, convoque un Pleno Extraordinario Urgente para que se lleve a cabo la aprobación de la interposición por parte de este Ayuntamiento de un Recurso Extraordinario de Revisión, por los motivos anteriormente expuestos, ante la Delegación Provincial en Sevilla de la Consejería de Obras Públicas y Transportes, recogiendo además la posibilidad, en el improbable caso de que no sea acogida la citada anulación y retroacción del Expediente, de interponer este Ayuntamiento el Recurso Contencioso-Administrativo pertinente contra dicha Resolución, a fin de poner solución a la situación creada, ante importancia de la materia a la que nos referimos, la protección del patrimonio arqueológico.

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